Produce suspenderá la actividad extractiva de cualquiera de los recursos cuando se alcance su cuota de captura establecida. (Foto: Produce)
Produce suspenderá la actividad extractiva de cualquiera de los recursos cuando se alcance su cuota de captura establecida. (Foto: Produce)
Redacción EC

El Ministerio de la Producción () estableció la cuota límite de pesca para el jurel y la caballa (Scomber japonicus) de 65.410 y 68.081 toneladas respectivamente, las cuales serán aplicadas en las actividades extractivas realizadas por las embarcaciones de mayor escala.

Conforme lo dispone la Resolución Ministerial N° 016-2021-PRODUCE, el límite de captura del recurso jurel se distribuye en una cuota de 33.410 toneladas y una reserva de 32.000 toneladas por incidencia del recurso jurel en la actividad extractiva de caballa.

En la pesca del recurso caballa, el límite de captura se distribuye en una cuota de 46.081 toneladas y una reserva de 22.000 toneladas por incidencia del recurso en la actividad extractiva de jurel.

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Las embarcaciones pesqueras artesanales con permiso de pesca vigente podrán realizar sus actividades extractivas de manera continua durante el año 2021 y también les será de aplicación las medidas de conservación establecidas normativamente.

Los límites de captura podrán modificarse bajo previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), en función al seguimiento de la pesquería, las condiciones ambientales y disponibilidad de los recursos.

Produce suspenderá la actividad extractiva de cualquiera de los recursos cuando se alcance su cuota de captura establecida. En caso contrario, la ejecución de pesca no debe exceder del 31 de diciembre del 2021.

Como medida de conservación, las faenas de pesca podrían suspenderse en caso de que la captura incidental de ejemplares juveniles de jurel y caballa resulte superior al 30% del total por tres días consecutivos o cinco días alternos.

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