Indecopi
Iván Álvarez Arredondo

"Nunca el ha tenido tantos casos de colusión como los que tiene ahora". Con esta declaración, Jesús Espinoza, secretario técnico de la Comisión de Libre Competencia, destacó la importancia de que la entidad reguladora cuente con un instrumento como el Programa de Clemencia para castigar la práctica ilegal de concertación de precios en perjuicio de los consumidores.

Hoy el Indecopi realiza indagaciones sobre presuntos casos de colusión de precios en mercados como GLP vehicular, balón de gas doméstico, gas natural vehicular, gasolinas y diésel, transporte terrestre, entre otros. "A la fecha el número de investigaciones preliminares es de 35; mientras que ya se han iniciado 12 procedimientos administrativas sancionadores", precisó Espinoza.

En esa línea, el funcionario consideró esencial contar con herramientas como el Programa de Clemencia, cuya nueva guía se publicó este jueves en "El Peruano", para atacar la concertación de precios en el país. 

"Para una autoridad es muy difícil detectar un caso de colusión porque quienes intervienen toman una serie de medidas para eliminar la evidencia. Los países que hacen uso de un programa de clemencia están en una mejor posición para identificar y erradicar casos de colusión", apuntó Espinoza.

El Programa de Clemencia del Indecopi inició en 1996. A la fecha, el Indecopi ha recibido 10 solicitudes al programa y solo 4 casos ya han sido resueltos. (Ilustración: Raúl Rodríguez)
El Programa de Clemencia del Indecopi inició en 1996. A la fecha, el Indecopi ha recibido 10 solicitudes al programa y solo 4 casos ya han sido resueltos. (Ilustración: Raúl Rodríguez)

LA NUEVA GUÍA
Con la nueva guía del Programa de Clemencia, el Indecopi espera que más compañías y personas naturales implicados en casos de colusión de precios faciliten información para la detección de los cárteles. A cambio, la entidad otorgará a los que colaboren la exoneración o reducción de la multa que resulte aplicable por cometer esta práctica ilegal.

En detalle, la nueva guía "regula de un mejor modo los procedimientos aplicables, condiciones y beneficios" para quienes desean acogerse al mencionado programa, indicó Espinoza.

Pierino Stucchi, socio del Área de Libre Competencia del Estudio Muñiz, dijo que el nuevo documento del Indecopi brinda mayor certeza y predictibilidad debido a que establece de manera clara condiciones y requisitos para acceder a la exoneración de las multas.

"Este cambio era necesario porque ahora las empresas tienen claro que necesitan aportar pruebas con valor como correos electrónicos, correos reuniones entre competidores, documentos donde se acredite una coordinación de precios o niveles de calidad. Es decir, colaborar con pruebas que realmente permitan revelar la existencia de cárteles", mencionó Stucchi.

Por otro lado, Espinoza dijo que la nueva guía también plantea otorgar el 100% de la exoneración de la multa a quienes realicen una solicitud al Programa de Clemencia y colaboren con pruebas antes de que el Indecopi inicie un proceso de investigación. Si el pedido se realiza posterior a una indagación, el ente regulador podrá dispensar entre el 50% y 100% de la sanción.

Sobre este punto, Stucchi indicó que si bien esta nueva regla resulta apropiada, las empresas podrán reclamar la exoneración total de la multa aun cuando el Indecopi inicie un proceso de inspección o investigación. Esto debido a que la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas no hace diferencias en otorgar la exoneración antes o después de una investigación por colusión, y por tanto los implicados "pueden alegar que se limita un beneficio".

PLAZOS Y MÁS
Espinoza afirmó que antes de la guía no establecía un límite para entrar al Programa de Clemencia. "Ahora desde que se inicia el proceso sancionador, la persona natural o la empresa tienen hasta 30 días hábiles para formular descargos. Ese será el plazo máximo para poder acogerse a la clemencia, después ya no será posible", anotó.

De otro lado, Stucchi señaló que la nueva guía está orientada principalmente a atacar los cárteles de precios y colusiones comerciales. No obstante, consideró que el Indecopi podría incluir posteriormente en dicho documento los casos de abuso de posesión de dominio o colusión vertical.

PRINCIPALES REGLAS QUE ESTABLECE LA GUÍA

1. Enfoca el Programa de Clemencia en la detección de cárteles: Los beneficios por colaboración son posibles para los participantes en cárteles porque son los que mayor clandestinidad revisten. Por ello, la guía no se aplica a otro tipo de conductas anticompetitivas que resulten más visibles para la autoridad o los afectados.

2. Los beneficios son posibles para empresas y personas: Tanto las empresas, como sus funcionarios o exfuncionarios y toda persona involucrada en un cártel pueden revelar la existencia de la infracción y colaborar con la autoridad a cambio de beneficios en las multas aplicables.

3. Los beneficios son mayores para quienes acudan a la autoridad lo más pronto: El beneficio de exoneración solamente puede ser asegurado a aquellos agentes económicos que, de manera voluntaria, acudan a denunciar su participación en un cártel que no ha sido detectado.

4. Las reducciones de multas dependen del valor agregado que aporte el colaborador: El colaborador podrá obtener mayores beneficios si aporta más información relevante a la autoridad. La guía contiene ejemplos de lo que se considera valor agregado de la colaboración.

5. No existe exoneración de la responsabilidad por los daños provocados: Los posibles beneficios en las multas a los infractores por su colaboración no limitan la responsabilidad civil que les corresponde asumir frente a los clientes o consumidores afectados por el cártel.

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