Inmobiliarias gastarán más dinero en publicidad con nueva norma
Inmobiliarias gastarán más dinero en publicidad con nueva norma
Viviana Gálvez Cordova

Tras las modificaciones que buscan en principio favorecer al , los nuevos requisitos incorporados para la publicidad  generan sobrecostos para las promotoras y constructoras inmobiliarias,  opina Carlos Rojas Klauer, asociado senior del estudio Lazo, De Romaña &CMB.  

"Frente a otros sectores regulados como el farmacéutico, la ley establece el más alto parámetro informativo visto en publicidad", asegura el especialista.  

A través de la Ley Nº 30534, el Congreso ha incorporado una disposición especial sobre la publicidad para las inmobiliarias. En el proyecto en planos, toda publicidad escrita que realicen las promotoras inmobiliarias y/o empresas constructoras deberá consignar la información mínima del proceso de compra, es decir información sobre el proveedor inmobiliario, descripción del inmueble, la existencia de una central de información y canales de atención de quejas, entre otros consignados en el artículo 77º del Código de Consumo-.

Además, se ha modificado el plazo de los períodos de garantía establecidos por el proveedor en cuanto a aspectos estructurales, pasando de 5 a 10 años desde que es emitido el certificado de finalización de obra y recepción de obra por parte de la municipalidad.

Asimismo, la ley obliga a las promotoras y constructoras inmobiliarias a consignar información referente a la descripción del inmueble, la cantidad de unidades, las características del área exclusiva y común, las medidas perimétricas y acabados del inmueble, el plano del inmueble ofertado y las condiciones contractuales. 

"Esto desnaturaliza la finalidad de la publicidad, en la medida de que genera un sobrecosto innecesario para la publicación de anuncios en prensa escrita. Desconoce que la publicidad es un primer paso de contacto entre el proveedor y el consumidor, siendo que dicha información forma parte del proceso de venta de un inmueble, "dice el abogado.

Rojas añade que si un consumidor se ve interesado en adquirir un inmueble, el proveedor tiene la oportunidad y obligación de brindarle toda la información desde un primer acercamiento, "por lo que pretender trasladar dicha obligación a la publicidad, resulta un desincentivo que distorsiona dicho mecanismo de competencia".

El especialista fue claro al respecto: "La nota legal de los anuncios será de grandes proporciones, ya que se deben de colocar más de 10 elementos relacionados a la contratacion del bien inmueble".

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