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Huaycos: Abastecimiento de alimentos fue normal, dice ministro
Redacción EC

La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó el proyecto de ley que pretende sancionar con mínimo dos años de cárcel a quienes practiquen la especulación de precios de alimentos, el acaparamiento de productos y la adulteración en zonas declaradas en estado de emergencia. !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');

El presidente de la comisión, Juan Carlos Gonzales Ardiles, informó que la medida fue aprobada por la mayoría y quedará lista para pasar al Pleno cuando se reanuden dichas sesiones.

El delito como tal, especulación, existía en el Código Penal, pero en la práctica no podía ser aplicado. Augusto Linares Muñoz, de Linares Abogados, dijo que en nuestro país, al no existir entidad alguna que fije los precios de alimentos de primera necesidad no hay como demostrar que se está infringiendo la ley con un determinado precio y no se puede sancionar al infractor.

Durante las lluvias, en el norte del país los consumidores reclamaron en las redes sociales que existía escases de alimentos de primera necesidad. (Foto: Difusión)

Gonzales destacó que la problemática del Fenómeno de El Niño ha provocado en Lima y otras regiones del país la aparición de estas prácticas comerciales abusivas, razón por la cual urgía volver aplicables las sanciones.

Según informó, la propuesta que han aprobado incorpora los aportes de la Defensoría del Pueblo, e incluye las opiniones técnicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Colegio de Abogados de Lima, Asociación Peruana de Consumidoras y Usuarios-ASPEC.

El dictamen aprobado incorpora la sanción por acaparamiento con el fin de alterar los precios, la cual ya no estaba tipificada como delito en el Código Penal. Además penaliza la especulación y propone cárcel de mínimo dos años a quienes, injustificadamente, venden bienes a precio superior al que consta en las etiquetas. Estas medidas se aplican a quienes así actúen en zonas que hayan sido declaradas en estado de emergencia.

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