El Huawei P20 Pro es el primer móvil en presentar tres cámaras posteriores y dos delanteras. (Foto: Bloomberg)
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Marcela Mendoza Riofrío

Tras casi tres meses de revisión del texto final, el aprobó la modificación de 37 artículos de las normas de condiciones de uso de  los servicios de telecomunicaciones.

El primer borrador, que había sido prepublicado al cierre del 2017, recibió tanto elogios como críticas en la audiencia pública celebrada a inicios de febrero. Varias de las sugerencias expresadas por los operadores fueron tomadas en cuenta, pero otras desestimadas.

Todos los operadores coincidieron en saludar el afán de digitalizar los procesos y simplificar algunos niveles de contratación, pero discreparon enfáticamente en algunos puntos y consideraron incluso que la norma debía ser sometida a un proceso de análisis de calidad regulatoria antes de ser publicada.

El regulador recibió, antes de llegar al texto final publicado hoy, variedad de sugerencias por parte de actores de todos los segmentos: desde operadores de Internet o transporte de datos, como Gilat y Azteca, hasta proveedores de Tv paga como DirecTv. No todas, como se pudo comprobar, fueron tomadas en cuenta. 

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MENOS PAPEL 
Una de las medidas más aplaudidas por los operadores es que se eliminó la obligación de entregar una guía telefónica impresa para los abonados al servicio de telefonía fija. La citada guía es obligatorio elaborarla, pero esta podrá ser digital y solo si el cliente lo pide se entregará un ejemplar impreso.

También se recibió con agrado que ahora se permita usar vías electrónicas o informáticas para remitir los contratos cuando se celebraron en forma no presencial.

Se establece que se tiene dos días para enviarlo y se puede usar tanto el correo electrónico como un mensaje de texto con un enlace a un acceso en web en donde está la copia integra del contrato suscrito. Esto permite agilizar los procesos sin dejar de atender a los clientes que desean una copia impresa en domicilio, para los cuales se les da hasta diez días para hacerlo. 

CONTRATOS TELEFÓNICOS
Entre la variedad de modificaciones sobre la forma de contratación presentadas para lograr mayor flexibilidad, existen algunas que generaron polémica desde que fueron planteadas. 

Una de ellas es que, cuando se celebran por teléfono los contratos, se deberá grabar toda la conversación y guardarse los archivos por hasta diez años después de terminado el mismo. Ademas se dice que no se puede contratar con una grabación de audio o video si es que Osiptel no ha validado la forma de verificación de identidad del proceso.

DirecTv remitió su desacuerdo con esta medida al momento de su elaboración. Ellos sostuvieron que esta norma los afectaba directamente, pues el 20% de sus contrataciones son por vía telefónica. El texto, sostuvieron, debía ser sometido a un análisis de calidad regulatoria. 

respondió alegando que las contrataciones telefónicas del servicio de Tv paga ya no requerirán de la presentación física del DNI y no encuentran sustento al pedido de DirecTv.

El regulador, además, estableció que ya no será necesario exhibir el DNI original y su copia al contratar un nuevo servicio si ya hubo antes una verificación biométrica.

Entel comentó ante este texto que encontraban sobre todo errores en la redacción que convertían la norma en confusa. Tal como estaba se impedía su aplicación a los planes pospago, pues no fueron contratados usando dicha verificación.

MODIFICACIÓN UNILATERAL
En el texto se establece que los contratos no se pueden modificar en forma unilateral a menos que se trate de un cambio que implique una mejora en el servicio de navegación a Internet.

En dichos casos se exceptúa de pedir aprobación previa al regulador y bastará con informarlo al usuario. Ya sea que se desee dar más velocidad de navegación o una mayor capacidad de descarga, no hará falta mayor control.

Si buscas un negocio a través de tu smartphone, podrás ver el atributo "dirigido por mujeres" en la sección de destacados. (Foto: Pezibear en pixabay.com / Bajo licencia Creative Commons)
Si buscas un negocio a través de tu smartphone, podrás ver el atributo "dirigido por mujeres" en la sección de destacados. (Foto: Pezibear en pixabay.com / Bajo licencia Creative Commons)

NO A LOS KILOBYTES
En esta propuesta es en donde más coincidencias en los reclamos de los operadores se encontraron desde su formulación. La nueva norma establece que la unidad de facturación de los servicios de Internet será en kilobytes y está prohibido el redondeo a unidades mayores

Claro le refirió al regulador que esta norma implicaba una regulación indirecta de tarifas y conllevaba modificar la forma en que se vienen contratando los servicios.

Las normas, aseguraron, no deberían implicar modificar los contratos ya pactados con los clientes de . Y si no había más remedio que hacerlo, esto requería un plazo razonable para aplicarla, porque implicaría cambios en los sistemas informáticos.

Telefónica también criticó la medida, junto con Entel, al sugerir que usara como medida el Megabyte y no el kilobyte. Sus consideraciones, sin embargo, no fueron tomadas en cuenta.

Osiptel respondió a los operadores que los contratos no se rigen bajo las reglas de "solo privados", sino que estos sí pueden ser modificados y los operadores están obligados a adecuarse a los cambios normativos.

Además aseguraron que no están haciendo una regulación de tarifas, sino que solo están prohibiendo redondear. Los contratos no son intangibles y no hay unidad doctrinaria sobre eso, recalcó el regulador en sus respuestas.

OTROS CAMBIOS
Entre las otras modificaciones incluidas están que los recibos deben ser enviados a los clientes con cinco días de anticipación a la fecha de pago, y no dos como proponían las empresas. También se modificaron las causales de suspensión o terminación del contrato, no solo ante el cliente final, sino en los contratos de arrendamientos de red (circuitos).

Vale destacar que no se modificó el articulo 40 sobre devoluciones de consumos no realizados. La norma inicial proponía que sean al mes y no a los dos meses, como era la práctica habitual. Muchos operadores de distintos sectores se opusieron y el Osiptel se abstuvo de hacer la  variación. 

También se apuntalan detalles sobre el cambio de chip, el reporte de pérdidas de equipos y el listado de los equipos bloqueados, además de los datos que deberán ser consignados en las bases de datos (lista blanca). Se perfecciona y detalla como debe ser el bloqueo y/o suspensión del servicio.  

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