¿Qué sanciones hay para quienes no cumplen con ir a votar?
¿Qué sanciones hay para quienes no cumplen con ir a votar?
Redacción EC

A escasas 24 horas de las , el pago de las multas se convierte en una de las principales preocupaciones para quienes –cualquiera sea la razón– no cumplan con ir a votar.

Pero también es bueno saber que el castigo por no hacerlo no es solo pecuniario, ya que existen muchos trámites y acciones que usted estará impedido de realizar por no haber ejercido uno de sus principales deberes y derechos  como ciudadano.

PROHIBICIONES
Para empezar, estará impedido de realizar cualquier trámite en el que tenga que presentar su porque para ello no debe tener multas pendientes por omisión al sufragio y/o al cargo de miembro de mesa.

Así, por ejemplo, no podrá registrar su cambio de domicilio ni realizar diligencias ante notarías (transferencias vehiculares, escrituras públicas, testamentos, etc.), y tampoco podrá cobrar cheques, ya que para realizar este tipo de trámites, la entidad donde los realizará le exigirá –por obligación– contar con el último holograma de las elecciones.

Además, estará imposibilitado de realizar viajes al extranjero y sacar o . Al respecto, el (JNE) aclara que las restricciones abarcan todo tipo de trámites civiles, comerciales, administrativos y judiciales.

Por ello, los registradores públicos, notarios, escribanos, empleados públicos y privados que no exijan la presentación del DNI con la constancia de sufragio de la última elección, o su dispensa, serán sancionados.

LAS MULTAS
Pero también debe saber que en el caso de, estas son escalonadas y se aplican tomando en cuenta el nivel de pobreza del distrito que aparece en el DNI del elector.

De esta manera, y en cumplimento de la Ley 28859, la escala de multas vigente es de S/.19 para los distritos considerados pobres extremos (0,5% de la ), S/.38 para los pobres no extremos (1% de la UIT) y S/.76 para los que no son catalogados como pobres (2% de la UIT).

Y si además de no votar también incumplió con su condición de miembro de mesa (titular y suplente), junto con la multa anterior deberá pagar S/.190 adicionales. Es decir, tiene que pagar ambas multas.                

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