(Foto: El Comercio)
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En la semana que pasó una buena noticia nos levantó el ánimo. Se extendió la vigencia de las licencias de conducir para particulares (de ocho a diez años) y se simplificó el de renovación eliminándose el examen de conocimiento.

No más pérdida de tiempo en un trámite absurdo. Lamentablemente otra noticia nos volvió con todo a nuestra triste realidad. Se limitó la vigencia de los certificados de defensa civil forzando la renovación de los mismos cada dos años, para todo tipo de locales. Uno poda trámites y el otro los siembra.

Empecemos por lo bueno. A más de uno le debe haber tocado renovar su licencia particular de manejo. Hasta antes de la modificación, se tenía que hacer cada 8 años. Para hacerlo debía volver a rendir un examen de conocimiento de reglas que se supone conoce y viene cumpliendo. Si no las supiera, de seguro tendría sanciones por infracciones; hecho que debería ser de conocimiento de la autoridad. Se trata de un trámite al que debía dedicarle un tiempo, que bien podrían ocuparlo en otras cosas.

La semana que pasó el Ejecutivo nos liberó de esa carga. Ahora el trámite de renovación se hará cada diez años (no cada ocho años) y sin necesidad de repetir el examen de conocimiento. Un trámite menos.

No terminábamos de disfrutar el momento cuando nos dimos con otra sorpresa. Esta vez el Congreso fue en sentido contrario al limitar la vigencia de los certificados de Defensa Civil, forzando su renovación cada dos años. Este cambio nos vuelve a la situación anterior, donde miles de pequeños negocios (piense en una peluquería de barrio) se quejaban de lo absurdo y desproporcionado del trámite de renovación de este certificado en locales que no habían sufrido alteración alguna.

Esta exigencia fue calificada y sancionada como una barrera burocrática por Indecopi. El Congreso ha restablecido la exigencia por una ley (Ley 30619), lo que la deja fuera de las garras de Indecopi.Dadas las últimas tragedias del Cine UVK en Larcomar y de la Galería Nicolini, parece entendible la preocupación del Congreso sobre esta materia.

Lo que no parece razonable es que se apruebe una iniciativa regulatoria de este tipo sin un análisis serio de sus costos y beneficios. Esta evaluación resulta aún más necesaria tratándose de una exigencia previamente calificada como una barrera burocrática. Como es costumbre, el análisis costo beneficio incluido en el proyecto fue un “saludo a la bandera”. Se mencionó que la iniciativa no irrogará gasto público. Nadie se la cree.

No se analizó los costos que deberán soportar quienes deben realizar el trámite cada dos años (piense en la bodega de barrio). Tampoco se evaluó la pretendida efectividad de la medida (¿este trámite hubiera evitado los incendios de Larcomar y Nicolini?) o la necesidad de hacerla extensiva a todo tipo de actividades independientemente del riesgo que involucran.

Alegar la defensa de la vida de las personas no es suficiente para justificar cualquier medida regulatoria, menos cuando ésta es costosa y de cuestionable efectividad. Si lo que se quería era garantizar ingresos para financiar las actividades de supervisión y fiscalización, existían mejores alternativas. Forzar la renovación periódica de un permiso no siempre es una buena idea.

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