Roxana Barrantes Cáceres

En la sección económica del discurso de investidura del presidente del Consejo de Ministros el pasado 10 de enero, se leyó con energía un cuestionamiento a los organismos reguladores: no han cumplido con los consumidores. Literalmente, se afirma: “Hoy los organismos reguladores han fracasado abiertamente y han abdicado de su función de defensa y protección del consumidor. Vamos a reorientarlos para que respondan a la finalidad para los que fueron creados. Tendremos novedades en los próximos días”.

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Los organismos reguladores (OR) fueron creados a inicios de los noventa al ritmo de los procesos de promoción de la inversión privada en los respectivos sectores. La ley que los ordena fue promulgada en julio del 2000. Ha pasado ya bastante agua bajo el puente y ciertamente la intención del gobierno de transición puede ser saludable.

Pero de ahí a decir que el fracaso de los OR es abierto, que han abdicado de su función y que serán reorientados para cumplir la finalidad con la que fueron creados refleja, por decir lo menos, un profundo desconocimiento sobre la institucionalidad de la provisión de servicios públicos domiciliados.

El modelo adoptado en el Perú para los OR es el de árbitro entre tres agentes: la empresa privada, los consumidores y el mismo Gobierno. Se necesita un árbitro porque los intereses de estos tres grupos pueden estar en conflicto. La empresa necesita tener límites para evitar el cobro de precios de monopolio, pero, al mismo tiempo, debe recibir seguridades de que su inversión no será expropiada al fijar el Gobierno tarifas bajas. El Gobierno puede intentar fijar tarifas bajas, que no permitan a la empresa un retorno justo sobre el capital, cuando tiene bajo nivel de aprobación y quiere ganar puntos de popularidad. Tarifas populares pueden ser del gusto de los consumidores, pero con el riesgo de calidad defectuosa y que retrasen inversiones en ampliación y modernización. Esa es la finalidad para la que fueron creados los OR: servir de fiel de la balanza entre estos intereses en pugna, fijando tarifas asequibles para los consumidores y justas para los inversionistas.

Desde la teoría económica, traducimos esta finalidad afirmando que el objetivo de los OR es maximizar el bienestar de la sociedad en el largo plazo. Eso significa permitir retornos justos sobre la inversión en la forma de tarifas razonables; promover la inversión en ampliación de cobertura y mejora de calidad, y que se evite que los gobiernos aprovechen coyunturas para cambiar esas tarifas de manera arbitraria y sin un proceso de consulta.

¿Que los procedimientos y la credibilidad de los OR deben fortalecerse? Sin duda alguna. Pero ello será logrado con un Poder Ejecutivo que tome en serio la función de nombrar directores idóneos y que los consejos directivos y tribunales de solución de controversias estén completos, y se puedan mantener independientes del poder político. Si ello falla, es la cobertura de servicios de calidad la que se verá afectada.

La autora es es miembro del Directorio del Banco Central de Reserva del Perú desde noviembre de 2021. Las opiniones vertidas son estrictamente personales.

Roxana Barrantes Cáceres Profesora PUCP e Investigadora IEP