¿Qué debe hacer si sufre un caso de hostilidad laboral?
Paola Villar S.

Existen determinados incumplimientos del empleador con sus  que la ley puede clasificar como actos hostiles. Según Carlos Quispe, consultor y abogado laboralista del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano, se les considera así porque son "acciones graves al punto de que hacen difícilmente llevadera la relación de trabajo".

Frente a este hecho, que puede ser una reducción inmotivada o unilateral de las remuneraciones, el trabajador dispone de dos alternativas que la Ley N°9463 estipula.

En primera instancia, puede conversar con el empleador para que este cese del acto cometido y la relación de trabajo se reanude en sus términos normales. "Por ejemplo, si reducen su remuneración, llegar a este acuerdo significará que se le reintegren los importes no pagados", mencionó Quispe.

De no darse un consenso entre ambas partes, la segunda opción es que el trabajador se dé por despedido. En este caso, es la voluntad del trabajador la que determina el fin de la relación laboral; pero como esto ha sido provocado por el incumplimiento del empleador en pago de retribuciones habituales, el trabajador entiende que eso equivale a un despido y la ley lo reconoce. El abogado laboralista señaló que en este caso, se habilita el pago de una indemnización por despido arbitrario. 

PROCEDIMIENTOS
"Cuando un trabajador es objeto de una reducción unilateral, tiene un plazo de seis días para notificarle a su empleador lo ocurrido", indicó Mónica Pizarro, socia del estudio Echecopar. Según la experta, una vez que este plazo vence el trabajador tiene 30 días para decidir si demanda el cese del acto hostil o se da por despedido.

"Cuando un trabajador está en un escenario en el que debe darse por despedido, puede solicitar un pago de indemnización o ir al Poder Judicial y requerir el cese del acto de hostilidad, que obligue a pagarle el reintegro", puntualizó Pizarro.

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