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Las trabajadoras del hogar tiene el 50% de los beneficios del sector privado. En caso de incumplimiento podrán reportarlo a la Sunafil. (Foto: El Comercio)
Redacción EC

Como fecha límite, este sábado 15 de diciembre, quienes laboren en el sector privado y público deberán recibir el depósito de su y aguinaldo, respectivamente; correspondientes al semestre julio-diciembre.

Según comenta Brian Ávalos, asociado del área laboral de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados; las empresas pueden realizar este depósito el día de plazo máximo; sin embargo, teniendo en cuenta que el monto podría tardar en llegar a su destinatario, recomienda que se realice días antes para evitar sanciones por incumplimiento.

"Para evitar imprevistos en la entidad financiera es mejor realizarlo [el depósito] días antes. La ley indica que los trabajadores deben recibir este pago, como máximo, este sábado", señaló en diálogo con El Comercio.

¿QUIÉNES RECIBEN ESTE BENEFICIO LABORAL?

Según explica el asociado del área laboral de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, todas las grandes y medianas empresas privadas están en el deber de realizar este pago. En tanto, las micro-empresas están exoneradas.

Por otro lado, las personas que laboran a tiempo parcial también acceden a este beneficio, pero dependen del número de horas que realizan.

En tanto, por el lado del sector público, los trabajadores no reciben gratificación, pero sí el depósito de un monto denominado "aguinaldo" o "bonificación", el cual se establece en función al presupuesto público. En este sentido, cabe mencionar que para este año se ha fijado el monto en S/300.

¿CÓMO SE CALCULA?

Para que una persona sepa cuánto dinero recibirá debe tener en cuenta que, por ley, las empresas se rigen en base a meses, mas no a días; sin embargo, podrían tomarlos en cuenta para algunos escenarios particulares.

Además, para poder recibir este beneficio, el trabajador debe haber laborado como mínimo un mes, es decir, haber ingresado días antes de iniciado diciembre.

La fórmula para este cálculo indica que cada trabajador recibirá la sexta parte de su sueldo multiplicado por el número de meses que ha laborado en la compañía.

Es decir, si una persona percibe como sueldo S/1.200 e ingresó a trabajar desde el primer día de setiembre recibirá S/800, correspondiente a la sexta parte de su remuneración (S/200) multiplicada por los meses efectivos (cuatro, incluyendo diciembre).

Cabe mencionar que, junto a su gratificación, los empleados del sector privado recibirán un monto extra, correspondiente al depósito de Essalud (9%) y de su seguridad previsional (13%). En caso de estar afiliado a una EPS, a este monto extra se le realizará un descuento.

LA SANCIÓN PARA LA EMPRESA

Este sábado 15, los trabajadores del sector privado tienen que haber recibido el depósito de su gratificación. En caso de no ser así, estos deberán realizar una demanda judicial, donde podrán solicitar el depósito de su gratificación incluyendo los intereses, los cuales están fijados por el Banco Central de Reserva (BCR).

"Son pequeña cifras de intereses [las que deberá pagar a cada empleado), pero si se acumulan todos los trabajadores ya se vuelven un monto considerable", explica.

Sin embargo, en caso de no realizar el depósito de gratificaciones, Brian Ávalos comenta que las empresas se verán mayormente afectadas por las multas que recibirán. Estas oscilan entre los S/5.600 y S/93.000 y dependen del número de trabajadores de la empresa.

"Las empresas que tienen entre 1 y 10 trabajadores pagan S/5.600; mientras que las poseen más de 1.000 trabajadores serán multadas por S/93.000. [Con este panorama], la multa puede resultar mayor que la obligación legal. Además, si ponen una multa, [las empresas] no solo pago estas, si no también la gratificación", refiere.

¿Y SI LA EMPRESA NO TIENE SOLVENCIA ECONÓMICA?

El asociado del área laboral de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados señala que en caso una empresa se encuentre imposibilitada de realizar este depósito puede aplicar una medida extraordinaria.

Esta se basa en que la empresa comunique el complicado escenario financiero a sus trabajadores y, a partir de ello, logren un acuerdo de pago.

Tras ello, se deberá comunicar el hecho a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para que se establezca el cronograma de pago, previa comprobación de la falta de liquidez de la empresa.

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