Tecnologías de la información se expandirán en 55,2% al 2016
Tecnologías de la información se expandirán en 55,2% al 2016
Marcela Mendoza Riofrío

Hoy, con Facebook en el celular y demás redes sociales de moda, estamos muy acostumbrados a saber casi todo de todos nuestros conocidos: si durmieron bien o no por culpa del calor, si almorzaron ají de gallina o si están con una gripe tremenda. Lo lindo de todo esto es que podemos ver las  fotos del bebe recién nacido de una amiga del colegio o recibir muchos “todo va a estar bien” de consuelo si nos quejamos de algún percance familiar. 

 

El problema surge si eso que contamos lo saben no solo propios sino también extraños, quienes además lo utilizan para fines comerciales, como llamar para venderte un retroviral o, peor aun, para fines delictivos y, siguiendo con los ejemplos, para raptar a su hijo o asaltar su casa. 

Sigue a Portafolio también en 

¿Podemos nosotros controlar qué datos son públicos y qué datos son privados? ¿Tenemos como consumidores el poder de evitar que se comercialice información que deseamos mantener en la intimidad? Sí. Óscar Montezuma nos explica que no se trata propiamente de derechos del consumidor, sino de derechos creados para proteger nuestra intimidad, independientemente de si consumimos o no algo.

La Ley de Protección de Datos Personales, explica, nos ha dado los derechos ARCO, lo cual quiere decir que cada uno de nosotros puede acceder, rectificar, cancelar u oponerse al procesamiento de su información personal por parte de terceros.

1. Autorizaciones libres y explícitas 
El que esté libre de pecado que tire la primera piedra. Todos los que hemos abierto cuentas de correo, perfiles en redes sociales, descargado aplicaciones y suscrito contratos para servicios bancarios, por ejemplo, hemos sido consultados sobre si aceptamos o no el uso que darán a nuestros datos privados.

La verdad es que en el 99% de los casos se acepta sin leer o entender lo que dicen. ¿Cómo reclamar por el uso que hacen de nuestra información si nosotros mismos los hemos autorizado a hacerlo? La recomendación es simple: leer bien antes de aceptar. Eso sí, advierte Brian Paredes, de Aramburú Camino Boreo Abogados, como el consentimiento debe ser libre, no deben darse engaños que conlleven a la confusión o el error, y si ese fuera el caso, podemos reclamar. También se puede reclamar si nos pidieran la autorización después de usar nuestros datos (deben pedirla antes) o si los usan para algo diferente de lo pactado. 

2. Reclamos directos 
Si recibimos llamadas ofreciendo medicamentos para una enfermedad que se supone nadie sabe que la padecemos, es lógico que nos molestemos. En ese caso, lo que nos corresponde hacer es acudir a reclamarle a quien le dimos nuestra información privada, ya sea una farmacia, una página web de salud o la misma aseguradora.

Según el marco legal, está previsto que el afectado acuda ante quien compartió los datos privados y le pida que respete su privacidad. Puede ser personalmente, por correo, teléfono o vía abogado debidamente acreditado, dice Montezuma, pero siempre directamente a la empresa a quien le dimos acceso a los datos. Es difícil a veces determinar cómo se filtró nuestra información, pero estamos en nuestro derecho de reclamar y las empresas en la obligación de ofrecer un canal abierto y gratuito para hacerlo. 

3. Segunda instancia
Si Google, Apple, Microsoft o quien fuera objeto de nuestros reclamos no nos hacen caso o no estamos satisfechos con su respuesta, entonces toca acudir a la Autoridad de Protección de Datos Personales, una división del Ministerio de Justicia en donde se puede iniciar lo que los abogados llaman “un procedimiento de tutela”, que culminará con una multa de hasta 100 UIT (S/.385.000) si son encontrados culpables.

Brian Paredes aclara que hacer la denuncia es un procedimiento gratuito y si se demuestra que hubo un daño o perjuicio, se tramitará además la correspondiente indemnización.  

Para iniciar el trámite,  agrega Paredes, debemos presentar formalmente una denuncia, la cual vendrá acompañada por una copia del reclamo que se hizo a la empresa de la que nos quejamos y la respectiva respuesta de la empresa en donde rechazan nuestro pedido o nos dan una respuesta poco satisfactoria, de haberla recibido. Una vez formalizada la denuncia, tendrán 30 días para resolverla y si es muy compleja podrán emplear 30 más. Al cabo de ese plazo se determina si la falta existió, si fue grave y si amerita una sanción. 

Contenido sugerido

Contenido GEC