Este jueves, el Ministerio de Vivienda precisó que los gastos de agua, luz y mantenimiento deben estar incluidos en el monto máximo de alquiler de S/1.558.
Este jueves, el Ministerio de Vivienda precisó que los gastos de agua, luz y mantenimiento deben estar incluidos en el monto máximo de alquiler de S/1.558.
Redacción EC

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento () hizo algunas precisiones respecto a los requisitos para los peruanos que deseen acceder al , también conocido como y Bono Mi Alquiler.

El bono de alquiler de S/500 aplica a los grupos de personas liderados al menos por dos peruanos cuyos ingresos no superen los S/3.538 al mes. En el Decreto Supremo N°026 emitido este jueves en El Peruano, se hicieron modificaciones a doce artículos del reglamento publicado en agosto.

"Esas precisiones asegurarán, primero, la calidad y transparencia del producto y, segundo, que las personas que accedan a este bono sean las personas correctas", indicó recientemente el ministro de Vivienda, Miguel Estrada.

En tal sentido, recalcó que tras las últimas modificaciones se espera que la convocatoria pública del subsidio inicie en las próximas semanas.

PRECIO DEL ALQUILER Como se conoció en el reglamento original, el subsidio consideraba limitaciones para las viviendas que podrían aplicar al programa. El precio máximo de alquiler de las viviendas es de S/1.560 al mes, el cual consideraba costos de mantenimiento y otros pagos referidos al rubro de la vivienda.

Sin embargo, con las modificaciones recientes, se aclara cuáles son estos pagos: los gastos de mantenimiento, servicio de agua, luz y seguro por riesgo de pérdida.

Los recibos de luz estarán incluidos en la tarifa de alquiler mensual para acceder al bono. (Fotos: GEC)
Los recibos de luz estarán incluidos en la tarifa de alquiler mensual para acceder al bono. (Fotos: GEC)

Estos rubros son referidos en la "Cláusula Sexta del Formulario Único de Arrendamiento de Inmueble Destinado a Vivienda (FUA)". Con este último documento, se debe realizar el contrato entre el arrendatario y arrendador.

Así, por ejemplo, para acceder a este bono, el precio del alquiler de la vivienda tendría que ser menor a S/1.350, si es que los gastos por mantenimiento, agua, luz y seguro sumaran S/150.

Tomando en cuenta este ejemplo, las zonas de once distritos cuentan con viviendas con un precio de alquiler promedio menor, según data del Estudio de Mercado de Edificaciones Urbanas de Lima y Callao del 2018 elaborado por Capeco al que accedió este Diario.

La zona más barata es la Urb. Santa Luzmila (Comas), con un precio promedio por alquiler de departamentos de S/776. Mientras que en la Urb. Matellini (Chorrillos), el precio promedio llega a los S/1.344.

OTROS NUEVOS REQUISITOS De otro lado, el decreto supremo especifica que la Jefatura Familiar –la persona, o pareja casada o conviviente– debe declarar y sustentar que los hijos, hermanos y nietos menores de edad, y los mayores de 25 años con alguna discapacidad dependen económicamente de este.

El bono de arrendamiento se otorga al Grupo Familiar o a la Jefatura del Grupo de No Dependientes, con un mínimo de dos peruanos entre 18 y 40 años.

Además, posterior a que se concluya el concurso público, el Fondo MiVivienda (FMV) publicará –además de los que sí accedieron al bono– la relación de los postulantes observados.

Estos “podrán levantar las observaciones mientras mantengan su condición de elegibilidad. El FMV establece un procedimiento para tal efecto”, según la norma.

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