Giorgio Balza, gerente de Consultoría Tributaria de PwC, explicó que la obligación de presentar una declaración jurada la tiene toda persona que labore y esté domiciliada en el país. (Foto: GEC)
Giorgio Balza, gerente de Consultoría Tributaria de PwC, explicó que la obligación de presentar una declaración jurada la tiene toda persona que labore y esté domiciliada en el país. (Foto: GEC)
/ MANUEL MELGAR
Ricardo Guerra Vásquez

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria () informó que depositará las devoluciones de los impuestos pagados en exceso a personas naturales en sus respectivas cuentas de ahorros, toda vez que hayan registrado su Código de Cuenta Interbancario (CCI).

Esto, en el marco de la presentación de la del (IR) del año fiscal 2019.

Giorgio Balza, gerente de Consultoría Tributaria de PwC, explicó que esta obligación la tiene toda persona que labore y esté domiciliada en el país.

Por lo general, dicha presentación se realiza entre fines de marzo e inicios de abril del año siguiente al culminado.

Balza agregó que, de acuerdo con el marco tributario local, toda persona percibe la deducción general correspondiente a 7 Unidades Impositivas Tributarias (), que en este 2020 corresponde a S/4.300.

Así, por defecto, los trabajadores están libres de pagar impuestos por los primeros S/30.100 que perciban durante todo un año.

En esta línea, José Gálvez, socio el estudio Gálvez & Dolorier, mencionó que desde el 1 de enero de 2017 se previó una deducción adicional de hasta tres UIT (S/12.900) para determinar las rentas de cuarta (trabajador por honorarios) y quinta categorías (trabajador en planilla).

"Estos son gastos deducibles para determinar la base imponible para calcular tu renta que debes pagar. Esto ayuda a reducir mediante gastos tus impuestos porque sirve como saldo a favor cuando deben pagar impuestos", ejemplificó Balza.

El gerente de Consultoría Tributaria de PwC detalló que estas 3 UIT recaen sobre las rentas brutas de trabajo -que son deducidas por defecto por el empleador en el caso de los trabajadores en planilla-, toda vez que calcen en algunos gastos especificados por la administración tributaria.

Por lo general, la presentación de la declaración jurada se realiza entre fines de marzo e inicios de abril del año siguiente al culminado. (Foto: Pixabay)
Por lo general, la presentación de la declaración jurada se realiza entre fines de marzo e inicios de abril del año siguiente al culminado. (Foto: Pixabay)

En esta línea, se detallan los tipos de gastos adicionales.

• La norma establece la deducción del 30% del pago del arrendamiento de viviendas. Para ello, se debe contar con los documentos que certifiquen los depósitos correspondientes (Formulario 1683, que se encuentra en la Sunat) y que estos hayan sido bancarizados.

• Otro gasto deducible corresponde al 100% de los aportes realizados a en beneficio de un trabajador del hogar. Para esta situación también se debe presentar las constancias correspondientes (vía Formulario 1676).

• El 30% de los gastos realizados al contratar servicios personales independientes (como servicios médicos u otros profesionales) también calza como monto deducible del Impuesto a la Renta. Se requiere que el proveedor emita recibos por honorarios mediante el sistema financiero y que el pago correspondiente también se realice mediante esa vía.

• Asimismo se considera el 15% del monto pagado por el concepto de alojamiento y consumo en restaurantes. Para concretar la deducción, se requiere que el contribuyente cuente con el comprobante de pago donde figure su identificación ().

Respecto a este último gasto deducible, que fue incorporado en el 2019, Gálvez indicó que para este año en adelante se estableció que el emisor del comprobante de pago que sustenta este gasto debe registrar como actividad principal -o de ser el caso, como secundaria- la de hoteles, centros vacacionales, casas de vacaciones, restaurantes, restaurantes de autoservicios, cafeterías, establecimientos o restaurantes de comida rápida, bares, tabernas, discotecas, cervecerías, pubs, heladerías, entre otros.

“Cabe recordar que todos estos gastos deben ser pagados hasta el 31 de diciembre del 2019. Si se contrata el servicios a fines de diciembre y se realiza el pago los primeros días de enero ya no se considera”, puntualizó Balza.

“Hay gastos que son identificados por la Sunat automáticamente, pero otros necesitan ser ingresados manualmente. Por eso, se necesita los documentos que lo corroboren”, agregó.

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