El BCP, Prima AFP y la Municipalidad de Sechura inauguraron las nuevas instalaciones de la Institución Educativa N°14078 de nivel inicial, primario y secundario de la localidad de La Florida, ubicada en el distrito de Sechura. La iniciativa, ejecutada bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, demandó una inversión de más de S/14 millones. "Estamos sumamente contentos por concretar la inauguración de nuestra segunda institución educativa en lo que va del año. Nuestro sueño es construir un colegio en cada una de las 16 ciudades donde operamos”, anotó  Carla Barrionuevo, gerente de Responsabilidad Social, Gestión y Desarrollo Humano de Prima AFP. (Foto: El Comercio)
El BCP, Prima AFP y la Municipalidad de Sechura inauguraron las nuevas instalaciones de la Institución Educativa N°14078 de nivel inicial, primario y secundario de la localidad de La Florida, ubicada en el distrito de Sechura. La iniciativa, ejecutada bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, demandó una inversión de más de S/14 millones. "Estamos sumamente contentos por concretar la inauguración de nuestra segunda institución educativa en lo que va del año. Nuestro sueño es construir un colegio en cada una de las 16 ciudades donde operamos”, anotó Carla Barrionuevo, gerente de Responsabilidad Social, Gestión y Desarrollo Humano de Prima AFP. (Foto: El Comercio)
María Rosa Villalobos

Uno de los cambios propuestos en el Decreto Legislativo (DL) promulgado hoy que afecta a las Asociaciones Público Privadas () permite que el sector privado participe en las fases de formulación, estructuración, transacción y ejecución de proyectos complejos.

“Deberían ser dos o tres participantes que puedan ir interactuando con el Estado para que este desarrolle de mejor manera un proyecto”, explicó Gabriel Daly, director general de Política de Promoción de la Inversión Privada del

Para José Luis Guasch, exjefe de la Unidad de Expertos Globales en APP del Banco Mundial, esta modalidad sólo debería aplicarse a algunos proyectos, especialmente, a los que muestren un diseño complejo. 

"[Se debería acudir al privado] si no se sabe la escala del proyecto o la tecnología a usar. Además, es vital conocer en base a qué el Estado selecciona a las empresas que participan del diálogo. Eso debería mejorarse en el reglamento", explica Guasch. 

El especialista agrega que el concepto de diálogo competitivo -en el que se basa la idea del MEF- incluye, como mínimo -como lo explicó Daly-a dos participantes.

"En otras partes [del mundo] se hace con dos o tres para no tener
una captura monopolística. Si se tiene a un solo participante, podrías estar obligado a continuar el proyecto con esa empresa [...] El reglamento debería contener los criterios con los que se seleccionarán a las empresas participantes", explica Guasch. 

En esa línea, Miguel Ronceros, socio de Infraestructura de PPU, Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría, resaltó también la inclusión del diálogo competitivo, que además involucra al sector privado desde una etapa más temprana a la usualmente utilizada. Esto es, desde la etapa de formulación del proyecto.

Una vez culminado el proceso de diálogo, el Estado le otorga a uno de los participantes la obra en cuestión. Como no hay una licitación como tal de por medio, es necesario delimitar la manera en que la empresa "ganadora" será compensada.  

"Se debe discutir, tal vez, un medio subsidio o menores tarifas. Es decir, se debe determinar cómo la empresa recuperará la inversión. Hay que ver cuáles son los criterios para estas decisiones", sentenció Guasch. 

En general, tanto él como Ronceros ven con buenos ojos la normativa publicada hoy, y consideran positivo que algunas competencias regresen de ProInversión al MEF.

"[La norma] permite a ProInversión enfocarse en su función principal: promover y estructurar los procesos de inversión privada en nuestro país", señaló Ronceros. 

EL DATO - APP

En marzo del año pasado el Banco Mundial prepublicó una guía para hacer políticas sobre el manejo de propuestas privadas no solicitadas de proyectos de infraestructura.

Dicho informe advierte que ninguna iniciativa privada debe permitirse en la etapa de formulación, pues rompe con la planificación del Estado y genera incentivos perversos. Esto, según el BM, porque la empresa privada que diseña el proyecto cuenta con información privilegiada que le permitiría ganar una eventual licitación.

OxI

Con respecto a las , Guasch espera que el reglamento permita impulsar aún más este mecanismo. 

"Sería bueno tener proyectos empaquetados, en lugar de tener uno aquí y otro allá. No solamente se abaratarían costos sino que su fiscalización sería más sencilla. Esto, sobretodo si tenemos en cuenta el programa de reconstrucción", detalló Guasch. 

El DL referido a las OxI fija un límite en el reconocimiento del monto de las variaciones o modificaciones al convenio durante la fase de ejecución del proyecto que será del 30% del monto total de inversión considerado en el convenio inicial, en caso cuente con expediente técnico aprobado; y de 50% del monto total de inversión considerado en el convenio inicial, en caso no cuente con expediente técnico aprobado, sin contar el monto de supervisión en ambos casos.

Para Ronceros, esta diferenciación de límites es positiva dado que contar con un expediente técnico permite tener una mayor aproximación del proyecto a ser ejecutado. Con esto, el riesgo de variaciones disminuye. Por ello, continúa, se justifica que en dichos casos el límite impuesto sea menor.

Asimismo, para el abogado es posible seguir ampliando los ámbitos de aplicación de las OxI. 

"Se podría permitir que otras EPS también puedan suscribir convenios con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para reducir la brecha de infraestructura en el sector saneamiento; además de evaluar la aplicación de dicho mecanismo de cooperación para otras empresas del sector público, donde se requiera inversión en infraestructura", finalizó. 

Contenido sugerido

Contenido GEC