El Congreso aprobó por insistencia, en marzo pasado, la ley que pone topes a las tasas de interés. (Foto: GEC)
El Congreso aprobó por insistencia, en marzo pasado, la ley que pone topes a las tasas de interés. (Foto: GEC)
/ KAREN ZARATE
Redacción EC

El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú () decidió establecer la metodología para la determinación de las tasas máximas para los nuevos créditos de consumo, de consumo de bajo monto (menor o igual a dos unidades impositivas tributarias), y para los nuevos créditos para micro y pequeñas empresas empresas (mypes).

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Esta tasa máxima de interés es equivalente a dos veces la tasa de interés promedio de los créditos de consumo del sistema financiero y entra en vigencia a partir del 10 de mayo de 2021.

Esta tasa será calculada semestralmente con base a las tasas de los créditos de consumo del sistema financiero entre los dos y siete meses previos a su vigencia.

En tal sentido, para el cálculo de la tasa máxima que entra en vigencia a partir del 10 de mayo de 2021 se utilizará el periodo octubre 2020-marzo 2021. Así, la tasa máxima para el periodo mayo-octubre 2021 ascenderá a 83,4% anual.

El BCR ha establecido estos topes en base a la información de la distribución de las tasas de interés para los distintos tipos de préstamos del sistema financiero y con el objetivo de minimizar sus efectos negativos.

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Topes a las tasas de interés generan racionamiento del crédito a aquellos agentes económicos cuyo riesgo de crédito este por encima del tope, indicó el ente emisor.

A más baja la tasa máxima de interés, un mayor número de potenciales prestatarios no podrá acceder al crédito formal, retrasándose el proceso de inclusión financiera. Los agentes económicos excluidos tienden a ser aquellos con menores ingresos o nuevos emprendedores sin historial crediticio o garantías que ofrecer.

“En un contexto de incertidumbre y recesión económica el racionamiento del crédito generado por los topes es mayor que en tiempos normales debido a que otorgar préstamos se percibe como más riesgoso”, señaló.

Se espera que aquellos agentes económicos con tasas por encima pero cercanas al tope y que hayan mostrado cumplimiento en el pago de sus créditos puedan mantener su acceso al crédito, sin embargo otros agentes sin estas condiciones serán excluidos.

Al respecto, de acuerdo a un estudio elaborado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, la tasa de interés promedio de un nuevo sujeto de crédito de menores ingresos se reduce a la mitad luego de dos años, una vez que se ha construido un historial crediticio.

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Según la distribución actual de tasas de interés, se estima que quedarían excluidos alrededor de la cuarta parte de créditos de consumo, en su mayoría otorgados por las entidades financieras especializadas en créditos de consumo y microfinanzas.

La mayor exclusión se daría en el segmento de créditos de consumo de monto inferior a una UIT (S/ 4.400), con una participación de alrededor del 75% de los créditos excluidos.

Este segmento concentra un mayor número de clientes con acceso reciente al crédito formal y presenta las mayores tasas de interés por ser operaciones a plazos cortos, a clientes de mayor riesgo crediticio, las cuales incorporan costos fijos de evaluación y seguimiento del crédito de clientes.

Teniendo en cuenta que las entidades especializadas en consumo y microfinanzas serían particularmente afectadas por esta medida, estos límites se implementarán de forma gradual, lo cual ayudará a las entidades a adaptarse a este nuevo marco. La fecha de vigencia de los topes de tasas de interés bajo esta metodología será:

  • A partir del 10 de mayo del 2021 para todas las empresas bancarias.
  • A partir del 1 de junio de 2021 para las cajas municipales.
  • A partir del 1 de julio de 2021 para cajas rurales y el resto de entidades del sistema financiero.

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