(Foto: El Comercio)
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Redacción EC

El Ministerio de Vivienda () realizó modificaciones al reglamento que emitió la entidad a inicios de agosto para la aplicación del , también conocido como y Bono Mi Alquiler.  

Como se conocía, el bono por alquiler ascendente a S/500 aplicará a viviendas cuya renta mensual sea de S/1.558. Lo que precisa el emitido este jueves en El Peruano, es que este monto de S/1.558 incluye, además del costo del alquiler, los pagos de mantenimiento, servicio de agua, luz y seguro por riesgo de pérdida

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Esta precisión la hizo mediante la modificación del artículo 4.1 del reglamento anterior. El documento en total alteró 12 artículos. 

Asimismo, respecto a los requisitos de postulación al programa social, se especifica que la Jefatura Familiar -la persona, o pareja casada o conviviente- debe declarar que las siguientes personas conforman el Grupo Familiar dependen económicamente de esta:

- Los hijos y hermanos, propios o del cónyuge o conviviente menores de 25 años; o los mayores de 25 años con discapacidad.
- Los abuelos y padres propios o del cónyuge o conviviente.
- Los nietos menores de edad, propios o del cónyuge o conviviente, incluidos aquellos que cumplen la mayoría de edad durante el año calendario de la postulación para el otorgamiento del BAV.

Como se recuerda, el bono de arrendamiento se otorga al Grupo Familiar o a la Jefatura del Grupo de No Dependientes, con un mínimo de dos peruanos entre 18 y 40 años. 

En ese sentido, en el caso de ocurrir alguna observación durante el proceso, el Fondo MiVivienda (FMV) publicará en su portal institucional la relación de los postulantes observados, quienes "podrán levantar las observaciones mientras mantengan su condición de elegibilidad. El FMV establece un procedimiento para tal efecto", según la norma.

Finalmente, previo al desembolso del bono, se deberá realizar el depósito completo -y no parcial- del pago de la renta mensual de la vivienda de acuerdo en la renta bancaria. Verificado el pago, en un plazo máximo de dos días hábiles, el Fondo MiVivienda procede a desembolsar en la cuenta la parte del bono correspondiente al pago de la renta mensual. 

El Fondo MiVivienda instruye a la entidad financiera para que en un plazo máximo de dos días hábiles libere dicho monto y pueda ser retirado por el arrendador. 

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