Las modificaciones se dirigen a establecer, precisamente, reglas más específicas del Valor de mercado. (Foto: Francisco Neyra / GEC)
Las modificaciones se dirigen a establecer, precisamente, reglas más específicas del Valor de mercado. (Foto: Francisco Neyra / GEC)
Lorely Requejo

En la edición de hoy de El Peruano se publicó un paquete adicional de medidas tributarias orientadas a realizar modificaciones al Impuesto a la Renta (IR). Así se hizo conforme a las facultades otorgadas al Ejecutivo para legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica.

Los recientes cambios se produjeron a través del Decreto 1539; mediante el cual el Ejecutivo modificó la Ley del Impuesto a la Renta en relación a las reglas de valor de mercado.

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En conversación con El Comercio, Klever Espinoza, socio gerente en Kerz, apuntó que las modificaciones se dirigen a establecer, precisamente, reglas más específicas del Valor de mercado. “Esto es importante porque se establecen criterios más acordes al Valor de mercado”, refirió el experto.

Vale mencionar que estos términos –Valor de mercado– hacen referencia al valor que registra un determinado activo en el mercado. Este es establecido a partir de los que intervienen en dicho mercado, así como también por la oferta y demanda.

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Con la modificación, el especialista indicó que tanto accionistas y contribuyentes ya no pueden fijar libremente un valor, por ejemplo, que esté por debajo del valor de mercado “a efectos de reducir el impacto tributario en la operación”.

“Eso le da cierta predictibilidad a la administración tributaria para efectos de poder fiscalizar y evitar que con una subvaluación se deje de pagar tributos”, sostuvo Espinoza.

“Esto es beneficioso para el Estado porque se fijan reglas a efectos de tener montos estándares de estas operaciones y así no quede al libre albedrío de los contribuyentes establecer cuáles van a ser los valores que quieran asignar”, remarcó.

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