El Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo propuso exonerar del pago del aporte a Essalud a las empresas a fin de que éstas contraten formalmente a los jóvenes de entre 18 y 29 años de edad. (Foto: Andina)
El Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo propuso exonerar del pago del aporte a Essalud a las empresas a fin de que éstas contraten formalmente a los jóvenes de entre 18 y 29 años de edad. (Foto: Andina)
Redacción EC

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo () publicó hoy en el diario El Peruano, la última lista de extrabajadores que deben ser inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Irregularmente durante el régimen fujimorista.

Los ex trabajadores incluidos en la mencionada lista deben optar, en un plazo de cinco días hábiles, por uno de los beneficios previstos en el artículo 3 de la Ley Nº 27803. Y comunicarlo a cualquiera de las dependencias de la Autoridad Administrativa de Trabajo a nivel nacional.

Esto se hará a través del formato que se aprobó con la resolución ministerial publicada hoy y que usted encuentra en este . La documentación solicitada deberá presentarse en documentos originales o copias legalizadas notarialmente o autenticadas por Fedatario designado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o por la Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, según el caso.

Sin embargo, no será necesario presentar dichos documentos si ya se han entregado al solicitar acogerse a la Ley Nº 27803 o Ley Nº 29059, lo que será verificado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para la prosecución del trámite.

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