Las cuatro principales empresas operadoras emitieron más de 2,1 millones de contratos cortos para la prestación de servicios fijos y móviles en septiembre. (Foto: Osiptel)
Las cuatro principales empresas operadoras emitieron más de 2,1 millones de contratos cortos para la prestación de servicios fijos y móviles en septiembre. (Foto: Osiptel)
Redacción EC

Las cuatro principales empresas operadoras del mercado emitieron más de 2,1 millones de contratos cortos para la prestación de servicios fijos y móviles en septiembre, según informó el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel).

El empleo de estos contratos cortos representó el 98% del total de contrataciones (2′251.024) anotada ese mes, un nuevo máximo desde su implementación obligatoria establecida en abril del presente año. De esta forma, nueve de cada diez contratos de servicios de telecomunicaciones utilizados correspondieron a un contrato corto.

MIRA: Osiptel confirmó sanción a Claro de más S/ 2,6 millones por incumplir compromisos de mejora

Las empresas operadoras Entel, Bitel y Claro declararon su uso extendido. Así, Entel entregó 788.813 contratos cortos a sus abonados, tanto en servicios móviles (784.453 contratos cortos) y servicios fijos (4.360 contratos cortos).

Por su parte, Bitel proporcionó 581.377 contratos cortos en el mismo periodo para servicios móviles, mientras que Claro alcanzó 239.059 contratos cortos para servicios móviles (224.371 contratos cortos) y servicios fijos (14.688 contratos cortos). En paralelo, Movistar señaló que en 589.091 contrataciones se usó un contrato corto, equivalente al 92% del total de 641.775 contratos suscritos en todos sus servicios.

Desde su uso obligatorio, las empresas operadoras han emitido más de 12 millones de contratos cortos para la prestación de servicios como telefonía fija, móvil, televisión de paga, Internet, sean brindados de forma individual o empaquetada (en dúos o tríos, por ejemplo).

Con ello, cada vez más usuarios han accedido a información sencilla, clara y esencial, concentrada en pocas páginas, sobre sus servicios fijos y móviles. Además, cada contrato corto está acompañado de una cartilla informativa sobre los principales derechos como usuarios.

A fines de agosto, tras culminar la supervisión de las medidas cautelares impuestas a las operadoras Telefónica y Entel para que adecúen su conducta y empleen los contratos tipo aprobados, el organismo regulador inició los procedimientos administrativos sancionadores a ambas empresas, al verificar que incumplieron dichas medidas.

¿Qué sucede si la empresa no entrega contratos cortos?

Aquellos abonados que no reciban un contrato corto ante la adquisición de su servicio tienen el derecho a iniciar un procedimiento de reclamo por incumplimiento de los derechos reconocidos en la normativa sobre usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones, indicó Osiptel.

Así, la empresa operadora tiene un plazo de hasta 25 días hábiles (incluye cinco días hábiles de notificación) para resolver el problema. Al finalizar este tiempo, el usuario debe recibir un documento físico o digital con la solución por parte de la empresa.

De no estar conforme, el abonado puede interponer un recurso de apelación, que debe ser resuelto por el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (Trasu) del Osiptel, que es la última instancia administrativa para la solución de reclamos de usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones.

TE PUEDE INTERESAR


Contenido sugerido

Contenido GEC