(Fotos: El Comercio)
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Lorely Requejo

El pleno del  aprobó anoche el proyecto de ley N° 1785 que modifica el artículo 3 de la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía. Así, desde ahora, aquellos ciudadanos que deseen adquirir , vehículos terrestres, marítimos o aéreos deberán realizar la compra a través de algún medio de pago del

Esto también aplicará para los que deseen realizar aumentos de capital social de las personas jurídicas. 

La norma establece que si el monto a pagar por dichas adquisiciones supera las 3 UIT (S/12.450), las personas deberán realizar la operación a través de algún medio de pago en el sistema financiero  "como una tarjeta de crédito o una transferencia de dinero", dijo el congresista Gino Costa en conversación con El Comercio

Asimismo, el legislador sostuvo que, de no ser cumplida la norma, existe el riesgo de que lo adquirido no sea registrado bajo la responsabilidad de notarios y registradores. "Hoy, el uso de medios de pago genera beneficios tributarios, pero no es condición obligatoria para el registro. En adelante lo será", puntualizó. 

Así, Costa explicó que esta medida permitirá que la necesidad de pasar por el sistema financiero "hará que estas operaciones, si provienen de actividades ilícitas, puedan ser detectadas por los mecanismos de prevención del lavado de activos". 

De su lado, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) saludó la aprobación de la norma indicando que será una herramienta para fortalecer la lucha contra el lavado de activos, promoviendo además el menor uso de efectivo.

 “El elevado uso del efectivo genera ineficiencias y facilita la evasión tributaria, la corrupción, el crimen y el lavado de activos; además, implica riesgos como la falsificación y asaltos”, subrayó la SBS. 

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