¿Cómo te afecta o beneficia el aumento de la UIT para el 2016?
¿Cómo te afecta o beneficia el aumento de la UIT para el 2016?
Paola Villar S.

A la deducción de impuesto a la renta (IR) ya existente de 7 UIT ó S/ 28,350 –que no requiere sustento– se le sumó, desde el primero de enero de este año, un deducible adicional de 3 UIT o S/ 12,150 para trabajadores de cuarta y quinta categoría. 

En conversación con El Comercio, expertos de Contadores Perú y Asociados detallaron los requisitos que se han perfilado hasta el momento a partir de la norma vigente. Según afirmaron, son los siguientes:

► Presentar, como sustento válido, comprobantes de pago electrónicos. Aún está pendiente que la Sunat se pronuncie sobre en qué casos se podrá sustentar con comprobantes no electrónicos. 

► Por otro lado, los proveedores al momento de la emisión del comprobante deberán tener la condición de habidos. En caso contrario, sus comprobantes no calificarán.

► Los comprobantes que aplicarán para la deducción deberán ser correspondientes al ejercicio del 2017. 

► Se presentarán los documentos sustento del crédito a la Sunat y el trámite correspondiente se deberá realizar a inicios del 2018, momento en que se recibirá el beneficio. Para ello, las personas deberán adjuntar todos los comprobantes a su Declaración Jurada de impuesto a la renta anual.

¿EN QUÉ CASOS LE CONVIENE A LOS CONTRIBUYENTES ESTE TRÁMITE?

► Los que tengan algún gasto en alquiler o subalquiler; para lo cual se requerirá presentar comprobantes. En estos casos, aplica una deducción del 30%.

► Aquellos con intereses de crédito hipotecario y créditos para refacciones de viviendas. Dichas personas deberán tener un voucher de su banco para sustentarlo y aplicará solo para la primera vivienda.

► Los honorarios profesionales de médicos y odontólogos: este beneficio se extiende al contribuyente, a sus hijos menores de 18 años o mayores de 18 con discapacidad, cónyuge o concubina en el ejercicio que no sea reembolsable por un seguro.

► Los honorarios profesionales de los siguientes rubros: abogados; analistas de sistema y computación; arquitectos; enfermeros; entrenadores deportivos; fotógrafos y operadores de cámara, cine y tv; ingenieros; intérpretes y traductores; nutricionistas;  obstetras; psicólogos; tecnólogos médicos y veterinarios.

► Trabajadoras para el hogar que sustenten sus aportaciones con formulario de la Sunat.

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