El Ejecutivo publicó normas para fortalecer a la Sunat. (Foto: Difusión)
El Ejecutivo publicó normas para fortalecer a la Sunat. (Foto: Difusión)
Redacción EC

En el marco de las facultades delegadas por el , el Poder publicó hoy el Decreto Legislativo n° 1372 que regula la obligación de las personas jurídicas y entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales.

El objetivo es regular la obligación de las personas jurídicas de informar la identificación de los beneficiarios finales, entendidos estos como la persona natural que efectiva y finalmente posee o controla personas jurídicas y entes jurídicos; o, la persona natural que finalmente posee o controla un cliente en cuyo nombre se realiza una transacción.

Es decir, la norma ordena la telaraña que se genera cuando una persona controla varias empresas y, por ende, paga menos impuestos.

El texto precisa la definición, los criterios para determinar quién constituye el beneficiario final y los mecanismos para identificarlos, tanto para fines de lucha contra lavado de activos como para fines tributarios.

Asimismo, se incorpora al Código Tributario como causal de responsabilidad solidaria del representante legal, cuando se omita la presentación de la declaración jurada informativa del beneficiario final.

Los abogados y notarios estarán obligados a dar esta información a la , ya que no está protegida por el secreto profesional.

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