BCR
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Redacción Economía

La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso determinó hoy excluir a los trabajadores del Banco Central de Reserva () de los alcances de la Ley , que fija un sistema de meritocracia y sueldos para los empleados públicos.

Los trabajadores de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP () también serán excluidos. 

El dictamen aprobado hoy señala que estos dos son organismos autónomos, de acuerdo con la Constitución, y sus trabajadores han estado siempre regidos por el régimen laboral de la actividad privada (DL 728). En esta línea, no podrían ser incorporados al Servir.

El mismo documento recuerda que los funcionarios del BCR tienen su propio sistema de meritocracia, pues sus funciones requieren un alto nivel de especialización. 

La comisión parlamentaria se apoyó en la opinión favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros para dar su dictamen favorable.

CONSTITUCIÓN Y LEY
Los artículos 84 y 87 de la Constitución confieren autonomía a estas dos entidades. Además, el artículo 371 de la Ley del Sistema Financiero y Orgánica de la SBS, y el artículo 40 de la Ley Orgánica del BCR, determinan que sus trabajadores están sujetos al régimen laboral de la actividad privada. 

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