El ministro Grados dijo que con el fortalecimiento de la Sunafil se realizará una inspección laboral preventiva con mayor fuerza en el país. (Fotos: El Comercio)
El ministro Grados dijo que con el fortalecimiento de la Sunafil se realizará una inspección laboral preventiva con mayor fuerza en el país. (Fotos: El Comercio)
Redacción EC

El Gobierno publicó este lunes el Dectreto Supremo 015-2017-TR que reduce en más de 50% las por infracciones laborales para las pequeñas, medianas y grandes empresas, modificando así el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.

Las nuevas escalas, que entraran en vigencia hoy, fueron saludadas por la Cámara de Comercio de Lima (CCL).  “La medida es positiva porque las nuevas multas por infracciones laborales se han aprobado considerando los principios de razonabilidad y proporcionalidad”, sostuvo Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

(Fuente: CCL)
(Fuente: CCL)

Según el decreto, los montos de las multas para micro y pequeñas empresas que están inscritas en el REMYPE no podrán superar, en un mismo procedimiento sancionador, el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior a que se generara la orden de inspección.

Igualmente, infracciones como la afectación de derecho sindical, protección de la mujeres en periodo de embarazo o lactancia o discriminación, las micro empresas y pequeñas empresas que están inscritas en el REMYPE recibirán un descuento del 50% sobre la tabla que se aplica a las empresas No MYPE (medianas y grandes).

Respecto a las infracciones por trabajo forzoso y trabajo para menores de edad, que tienen carácter de insubsanables, las sanciones serán de 50 UIT para microempresas registradas en el REMYPE, 100 UIT para pequeñas empresas registradas en el REMYPE y 200 UIT para los demás casos.

Cuando se trate de infracciones al régimen especial de trabajadores del hogar, se aplicará 0,05 de la UIT por infracciones leves; 0,13 UIT por infracciones graves y 0,25 UIT por infracciones muy graves.

La prescripción respecto de infracciones en materia sociolaboral será a los cuatro años, conforme a la regla establecida en el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

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