Indecopi ha calculado un margen de dumping superior a los mínimos previstos en el Acuerdo Antidumping de 70.8%.. (Foto: GEC)
Indecopi ha calculado un margen de dumping superior a los mínimos previstos en el Acuerdo Antidumping de 70.8%.. (Foto: GEC)
/ ROLLY REYNA
Redacción EC

La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias de ha iniciado una investigación por presuntas prácticas de dumping en las importaciones de tejidos 100% poliéster originarios de , que habrían afectado la producción y el mercado nacional.

Según la Resolución Nº 010-2020/CDB-INDECOPI, publicada este jueves en el diario El Peruano, se han encontrado indicios razonables sobre la existencia de prácticas de dumping en las importaciones de los tejidos chinos en el periodo de setiembre de 2018 a agosto de 2019.

“A partir de una comparación equitativa entre el valor normal y el precio de exportación al Perú del producto objeto de la solicitud, correspondientes al periodo setiembre de 2018 - agosto de 2019, se han encontrado indicios razonables de la existencia de prácticas de dumping”, refirió Indecopi.

Cabe señalar que mediante un escrito presentado el 17 de octubre de 2019, la compañía peruana Tecnología Textil, solicitó a la comisión el inicio de una investigación al amparo de lo establecido en el Acuerdo Antidumping.

Entre el 06 de noviembre y el 10 de diciembre de 2019, la secretaría técnica de la comisión solicitó a 41 productores nacionales conocidos que operan en el sector de hilados y tejidos, para que proporcionen información sobre su volumen de producción durante el periodo setiembre de 2016 – agosto de 2019, así como un eventual apoyo a la solicitud de inicio de investigación.

La comisión de Indecopi recibió respuesta de 26 empresas nacionales que operan en el sector que decidieron brindar la información requerida.

Factores

Indecopi dio cuenta del inicio de la investigación al considerar que los tejidos producidos localmente y aquellos importados de China pueden ser considerados como productos similares dado que comparten las mismas características físicas y son empleados para los mismos fines.

De manera inicial y con base en la información disponible en esta etapa del procedimiento, el ente regulador ha calculado un margen de dumping superior a los mínimos previstos en el Acuerdo Antidumping; en este caso, de 70,8%.

Asimismo, la institución refirió que Tecnología Textil ha experimentado caídas en la producción de los tejidos, ventas, participación de mercado, salario promedio del trabajador del referido sector, inventario, entre otros.

Cabe destacar que el periodo para que las partes interesadas presenten pruebas o alegatos es de 6 meses posteriores a la publicación de la presente resolución y podrá ser prorrogado hasta por 3 meses.

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