Las universidades habrían realizado cobros ilegales, exigido requisitos prohibidos, pedido documentos innecesarios a sus estudiantes, entre otras infracciones, incumpliendo el Código de Protección y Defensa del Consumidor. (Foto: GEC)
Las universidades habrían realizado cobros ilegales, exigido requisitos prohibidos, pedido documentos innecesarios a sus estudiantes, entre otras infracciones, incumpliendo el Código de Protección y Defensa del Consumidor. (Foto: GEC)

El anunció que la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) sancionó, en primera instancia administrativa, a 26 universidades. Estas universidades habrían realizado cobros ilegales, exigido requisitos prohibidos, pedido documentos innecesarios a sus estudiantes, entre otras infracciones, incumpliendo el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

En esa línea, Ángela Sevilla, secretaria técnica de la CC3, indicó que en cuanto a los cobros ilegales, algunas universidades habrían aplicado, a quienes incumplían con los pagos, un interés moratorio mayor al interés interbancario que fija el Banco Central de Reserva (BCR).

Otras instituciones educativas, en cambio, habrían sido sancionadas por no informar a sus alumnos cuál era el interés que se aplicaba, detalló Sevilla.

Listado de universidades que fueron sancionadas por el Indecopi
Listado de universidades que fueron sancionadas por el Indecopi

INCOMODIDAD

Luis Lescano, presidente de la Federación de Instituciones Privadas de Educación Superior (Fipes), consideró inoportuno el comunicado, ya que estos procedimientos los inició el Indecopi de oficio en el 2020, cuando había una situación irregular por la pandemia.

Lescano cuestiona también que el pronunciamiento solo se dé respecto a universidades privadas, aplicando multas mayores, en algunos casos, a los S/2 millones.

En ese sentido, advirtió que el 11 de enero la Defensoría del Pueblo publicó un comunicado indicando que tras detectar que algunas universidades públicas exigen documentos, constancias y requisitos irregulares, solo se les instó a no incurrir en esas prácticas.

“El Estado, por un lado, a través del Indecopi, en una situación de emergencia sanitaria, demuestra una actitud punitiva para algunas universidades y a las públicas [a través de la defensoría] solo las exhorta”, subrayó Lescano.

Por su parte, Pierino Stucchi, socio senior del estudio Muñiz, mencionó que el anuncio del Indecopi es antitécnico, ya que no se puede “empaquetar las conductas de diferentes entidades”.

Por su parte, Fernando Barrios, presidente del directorio de la Universidad Continental, indicó que el tribunal del Indecopi resolvió declarar la nulidad de algunas multas impuestas, con lo cual los montos están en revisión y serán nuevamente determinados en primera instancia.

Al respecto, Stucchi señaló que las multas declaradas nulas vuelven a análisis de primera instancia para que sean correctamente determinadas. Incluso, luego de esa determinación podrían ser nuevamente apeladas ante ese tribunal.

Este Diario pudo conocer que en situación similar estaría la Universidad Ricardo Palma, según la Resolución 2219-2020/SPC del Indecopi.

“No es admisible que el Indecopi anuncie que impone multas, cuando algunas de ellas han sido declaradas nulas por el tribunal y siguen en revisión”, mencionó Stucchi.

Al respecto, el Indecopi argumenta que las sanciones han sido confirmadas por su tribunal, pero reconoce que queda pendiente un pronunciamiento definitivo sobre las sanciones.

“En estos casos las multas fueron impuestas por la primera instancia. En segunda instancia, se ha confirmado la responsabilidad de estos administrados, es decir, se ha confirmado que incurrieron en una infracción; por lo que en este extremo la responsabilidad ya ha sido determinada a nivel administrativo, debiendo emitirse un pronunciamiento sobre la multa final”, subrayó la entidad.

ACLARACIONESEl Indecopi aclaró que los procesos de supervisión de las universidades privadas se iniciaron a partir de diciembre del 2018 y se extendieron todo el año 2019, a un grupo de 50 universidades por inconductas que se aplicaban incluso en años anteriores. Por lo tanto, las sanciones aplicadas por la Comisión de Defensa del Consumidor N°3 (que ve casos de oficio) no corresponden a casos que se inician por supervisiones realizadas en el año 2020, cuando había una situación irregular por la pandemia, tal como se indica en la nota, a partir de las declaraciones del Sr. Luis Lescano, presidente de la Federación de Instituciones Privadas de Educación Superior (FIPES).

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