Según norma, las instituciones públicas y privadas deben proveer el uso de instrumentos a sus trabajadores cuando resulte inevitable la exposición solar. Foto: (MTPE)
Según norma, las instituciones públicas y privadas deben proveer el uso de instrumentos a sus trabajadores cuando resulte inevitable la exposición solar. Foto: (MTPE)
Redacción EC

A pocos días de iniciarse el verano, donde los rayos ultravioleta son más potentes, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) invocó a los empleadores del sector público y privado a adoptar medidas de protección a sus trabajadores cuando, por la naturaleza de sus labores, están más expuestos a la radiación solar.

Recordó que la Ley N° 30102, que dispone medidas preventivas contra los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la radiación solar, obliga a los empleadores a cumplir con esta responsabilidad, independientemente del régimen laboral al que pertenecen sus trabajadores.

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Según la norma, al inicio de la relación laboral el empleador debe informarles sobre estos efectos nocivos, haciéndoles entrega de los elementos de protección idóneos con la debida capacitación para su uso adecuado.

El MTPE refirió que la normatividad precisa que las instituciones públicas y privadas deben proveer el uso de instrumentos, aditamentos o accesorios de protección solar como sombreros, gorros, anteojos y bloqueadores, cuando resulte inevitable la exposición.

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Asimismo, deben disponer la colocación de carteles, avisos o anuncios en lugares con gran exposición solar en su jurisdicción, donde se incluya lo siguiente: “La exposición prolongada a la radiación solar produce daño a la salud”.

Finalmente, de acuerdo a la norma, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el de Salud y el de Educación, y así como los gobiernos regionales y gobiernos locales, a través de sus organismos correspondientes, son los responsables de fiscalizar el cumplimiento de lo dispuesto en la citada ley.

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