Inversión pública
Inversión pública
Redacción EC

Hace tres semanas el gobierno peruano publicó el N°2408, que busca asegurar el pago de por parte de las empresas vinculadas a actos de corrupción; asegurando que no se paralicen las obras y su impacto en la actividad económica.

Esta norma, que buscaba tomar la posta del , incluía cambios como ampliar el alcance de ese decreto, crear la figura de colaboración eficaz y de fideicomisos para construir fondos sobre los cuales el Estado se podría cobrar la reparación civil más adelante por el caso .

El evaluó la norma y le introdujo 14 cambios, que se detallan en un predictamen conjunto emitidos por las comisiones de Justicia y Economía del Parlamento. Sin embargo, hoy la discutió en sesión conjunta de las comisiones de Economía y Justicia postergó para el jueves la votación del proyecto.

El primer cambio que se incorpora es sobre el alcance. No solo las empresas acusadas por actos de corrupción, asociadas a ellas durante la adjudicación de obras o las firmas investigadas por este tipo de delitos serán afectas por el proyecto. También se incluirá a las asociadas en el momento que se haya cometido el delito, sea en la adjudicación o posteriormente.

En segundo lugar los activos de las firmas, obligadas a constituir fideicomisos, deberán ser anotados en los registros públicos. Toda venta de activos que hagan las empresas afectas a la norma deberá ser aprobado por el Ministerio de Justicia (Minjus).

El tercer cambio es que, como la norma busca que las empresas condenadas por actos de corrupción, sus asociadas o aquellas investigadas por actividad ilegal, la Contraloría será la encargada de acompañar la ejecución de los proyectos a cargo de estas firmas.

Buscando cuidar la cadena de pagos, el predictamen estipula que las empresas acusadas puedan pagar a sus proveedores (micro, pequeña y mediana empresa) dándoles bienes muebles no financieros, sin que sea necesaria la aplicación de las reglas y procedimientos correspondientes a la adquisición de bienes, derechos, acciones o valores. 

Para asegurar una adecuada rendición de cuentas, el Minjus tendrá que informar al Congreso sobre los avances de esta ley; una vez cada año.

En tanto, existirá la obligación de cautelar la inexistencia de conflictos de interés para el proceso de veeduría (auditoría financiera) y la contratación de asesores externos.

La séptima novedad es que, en caso de incumplimiento de constituir el fideicomiso, se efectuará la retención de los pagos realizados por el Estado y del precio de venta de los activos de la empresa. Dichas disposiciones se aplicarán a las empresas condenadas o que hayan confesado la comisión de actos de corrupción.

También se elimina la aplicación del "silencio administrativo positivo". Si el Minjus tuviera que decidir sobre la autorización de ventas o adquisiciones; tendrá que hacerlo en los plazos establecidos. El ministerio también deberá verificar que el monto del fideicomiso cautele el pago de la reparación civil; en los plazos que indique el reglamento de la norma.

Cualquier empresa que sea asociada o investigada pasará automáticamente al régimen para las condenadas, en caso confiese o sea sentenciada. La excepción será cuando se acoja a la colaboración eficaz.

Sobre la figura de la colaboración eficaz, el predictamen precisa que entrar a este beneficio no exonerará a las empresas involucradas del pago de la reparación correspondiente.

El décimo primer cambio es que la Fiscalía, a pedido de la empresa, tendrá acceso a las instalaciones previa autorización judicial. El proyecto original señalaba que empresas tendrían la obligación de revelar la información a las autoridades encargadas de la investigación y poner a disposición de la Fiscalía “documentos y acceso irrestricto a sus instalaciones”.

Los últimos tres cambios son aplicación de multas y negar acceso al crédito fiscal a las empresas que no apliquen detracciones; informar al OSCE de sustituciones de consorciados en los proyectos; y poder incluir a cualquier entidad fiduciaria, sin conflicto de intereses y autorizada por la SBS, en los procesos ligados a esta norma.

Lea más noticias de Economía en...

Contenido sugerido

Contenido GEC