Hace tres semanas el gobierno peruano publicó el proyecto de ley N°2408, que busca asegurar el pago de reparación civil por parte de las empresas vinculadas a actos de corrupción; asegurando que no se paralicen las obras y su impacto en la actividad económica.
Esta norma, que buscaba tomar la posta del Decreto de Urgencia (D.U.) 003, incluía cambios como ampliar el alcance de ese decreto, crear la figura de colaboración eficaz y de fideicomisos para construir fondos sobre los cuales el Estado se podría cobrar la reparación civil más adelante por el caso Odebrecht.
El Congreso de la República evaluó la norma y le introdujo 14 cambios, que se detallan en un predictamen conjunto emitidos por las comisiones de Justicia y Economía del Parlamento. Sin embargo, hoy la discutió en sesión conjunta de las comisiones de Economía y Justicia postergó para el jueves la votación del proyecto.
El primer cambio que se incorpora es sobre el alcance. No solo las empresas acusadas por actos de corrupción, asociadas a ellas durante la adjudicación de obras o las firmas investigadas por este tipo de delitos serán afectas por el proyecto. También se incluirá a las asociadas en el momento que se haya cometido el delito, sea en la adjudicación o posteriormente.
En segundo lugar los activos de las firmas, obligadas a constituir fideicomisos, deberán ser anotados en los registros públicos. Toda venta de activos que hagan las empresas afectas a la norma deberá ser aprobado por el Ministerio de Justicia (Minjus).
El tercer cambio es que, como la norma busca que las empresas condenadas por actos de corrupción, sus asociadas o aquellas investigadas por actividad ilegal, la Contraloría será la encargada de acompañar la ejecución de los proyectos a cargo de estas firmas.
Buscando cuidar la cadena de pagos, el predictamen estipula que las empresas acusadas puedan pagar a sus proveedores (micro, pequeña y mediana empresa) dándoles bienes muebles no financieros, sin que sea necesaria la aplicación de las reglas y procedimientos correspondientes a la adquisición de bienes, derechos, acciones o valores.
Para asegurar una adecuada rendición de cuentas, el Minjus tendrá que informar al Congreso sobre los avances de esta ley; una vez cada año.
En tanto, existirá la obligación de cautelar la inexistencia de conflictos de interés para el proceso de veeduría (auditoría financiera) y la contratación de asesores externos.
La séptima novedad es que, en caso de incumplimiento de constituir el fideicomiso, se efectuará la retención de los pagos realizados por el Estado y del precio de venta de los activos de la empresa. Dichas disposiciones se aplicarán a las empresas condenadas o que hayan confesado la comisión de actos de corrupción.
También se elimina la aplicación del "silencio administrativo positivo". Si el Minjus tuviera que decidir sobre la autorización de ventas o adquisiciones; tendrá que hacerlo en los plazos establecidos. El ministerio también deberá verificar que el monto del fideicomiso cautele el pago de la reparación civil; en los plazos que indique el reglamento de la norma.
Cualquier empresa que sea asociada o investigada pasará automáticamente al régimen para las condenadas, en caso confiese o sea sentenciada. La excepción será cuando se acoja a la colaboración eficaz.
Sobre la figura de la colaboración eficaz, el predictamen precisa que entrar a este beneficio no exonerará a las empresas involucradas del pago de la reparación correspondiente.
El décimo primer cambio es que la Fiscalía, a pedido de la empresa, tendrá acceso a las instalaciones previa autorización judicial. El proyecto original señalaba que empresas tendrían la obligación de revelar la información a las autoridades encargadas de la investigación y poner a disposición de la Fiscalía “documentos y acceso irrestricto a sus instalaciones”.
Los últimos tres cambios son aplicación de multas y negar acceso al crédito fiscal a las empresas que no apliquen detracciones; informar al OSCE de sustituciones de consorciados en los proyectos; y poder incluir a cualquier entidad fiduciaria, sin conflicto de intereses y autorizada por la SBS, en los procesos ligados a esta norma.
Lea más noticias de Economía en...