El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) confirmó la multa de S/.188.700 (51 UIT) que le impuso a América Móvil–Claro, debido a que la operadora de telefonía móvil no reportó oficialmente al ente regulador una promoción ofrecida de manera conjunta con una entidad bancaria nacional.
El Osiptel determinó que Claro lanzó una tarifa denominada “Bono de Bienvenida de 1.000 minutos-Tarjeta de Crédito Interbank Claro Visa”, sin registrarla en el Sistema Integrado de Registro de Tarifas (SIRT), tal como lo exige el Reglamento General de Tarifas del sector.
Cabe indicar que, todas las operadoras de telecomunicaciones tienen la obligación de registrar oportunamente sus tarifas ante el Osiptel. Este registro permite al ente regulador supervisar las características, condiciones y restricciones de las promociones que las empresas ofrecen al mercado, así como permitir que los usuarios puedan consultar las promociones que se les ofrecen, a fin de optar por la tarifa que se adecúe mejor a sus necesidades y preferencias de consumo.
MÁS INFRACCIONES De acuerdo con Osiptel, Claro ha cometido similares infracciones con otras 108 tarifas derivadas en contratos suscritos en el marco de convocatorias o negociaciones de carácter público o privado.
La operadora presentó un recurso de apelación y atribuyó la falta cometida a cuestiones interpretativas. Argumentó además que tal falta fue subsanada de manera voluntaria y espontánea, sin mediar requerimiento del regulador.
Sin embargo, el Consejo Directivo del Osiptel declaró infundado tal recurso de apelación, y ratificó la sanción impuesta.