Comenzó a regir la exoneración del IGV a cinco alimentos de la canasta básica familiar. (Foto: GEC)
Comenzó a regir la exoneración del IGV a cinco alimentos de la canasta básica familiar. (Foto: GEC)
/ EDUARDO CAVERO
Redacción EC

Desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio estará vigente la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) -18%- a cinco productos de la canasta básica familiar, según lo establecido por el Gobierno.

Los productos a los que no se les aplicará el IGV son: el pollo fresco, refrigerado o congelado; huevos frescos de gallina; azúcar; pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma; y el pan.

MIRA | Apumayo: ¿Cómo se recupera la mina ayacuchana luego del asalto e incendio de sus instalaciones?

A través de una norma, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó las disposiciones complementarias a la Ley Nº 31452, la misma que exonera del IGV a los principales alimentos que consumen los peruanos y a los insumos que se utilizan para su preparación.

En esta lista se consideraron a los insumos de la carne de pollo y huevos: pollos bebé, pollos vivos de mayor tamaño, maíz amarillo duro, almidón de maíz, grasas y aceite de pescado, aceite de soya en bruto y fracciones, y preparaciones alimenticias de harina y de concentrado de soya, entre otros.

MIRA | ¿Cómo avanza el Perú dentro de la recuperación global de los viajes y el turismo?

Además, se tomó en cuenta a los insumos de los fideos (trigo duro y harina de trigo); del pan (trigo, harina de trigo, mezclas para la preparación de productos de panadería, levadura, mejoradores de panificación y salvado); y del azúcar (caña de azúcar).

La normativa también indicó que los contribuyentes que comercialicen los bienes exonerados podrán aplicar como crédito fiscal el Impuesto General a las Ventas correspondiente a las adquisiciones o importaciones de los bienes.

MIRA | Aeropuerto Jorge Chávez: LAP cambia plan de construcción y ampliación será con dos terminales

Para conocer la lista de los bienes con acceso al crédito fiscal puede hacer.

Se reflejará en los precios finales para consumidores

Las disposiciones acogen las propuestas de especialistas tributarios para aplicar mecanismos que favorezcan que las exoneraciones a los alimentos se reflejen en los precios finales para los consumidores, señaló el MEF.

Asimismo, para identificar a los principales insumos considerados en estas medidas complementarias se contó con el aporte de diferentes estudios, investigaciones universitarias, e información remitida por algunos gremios y asociaciones empresariales, como la Asociación Peruana de Avicultura (APA) y la Sociedad Nacional de Industrias (SNI).

Contenido sugerido

Contenido GEC