La cuota para consumo humano podrá ser modificado en función al seguimiento permanente de la pesquería de anchoveta que realiza el Instituto del Mar del Perú. (Foto: GEC)
La cuota para consumo humano podrá ser modificado en función al seguimiento permanente de la pesquería de anchoveta que realiza el Instituto del Mar del Perú. (Foto: GEC)
Redacción EC

El Ministerio de la Producción () estableció en hasta 150.000 toneladas el límite máximo de captura de para el consumo humano directo (CHD) para este año.

A través de la Resolución Ministerial Nº 00163-2021-Produce, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se fijó el mencionado límite de captura de anchoveta, conforme a lo previsto en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero.

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Dicho cuota para consumo humano podrá ser modificado en función al seguimiento permanente de la pesquería de anchoveta que realiza el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), a efectos de garantizar el abastecimiento.

Además, el ministerio dará por concluidas las actividades extractivas cuando se alcance o estime alcanzar la cuota establecida para todo el litoral peruano.

La norma también indica que las actividades extractivas y de procesamiento de anchoveta respetan las medidas de ordenación y conservación previstas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para consumo Humano Directo.

Incluso, señala que los establecimientos industriales pesqueros con licencias de funcionamiento de consumo humano directo, bajo responsabilidad, solo deben recibir los volúmenes de recurso anchoveta a ser destinados exclusivamente para la elaboración de conservas, congelados, curados y otros productos para consumo humano directo que les fuere autorizados.

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