A más tardar, el 14 de mayo Sanipes emitirá una resolución para ingresar el chanque sin valva a las plantas de procesamiento. (Foto: GEC)<br>
A más tardar, el 14 de mayo Sanipes emitirá una resolución para ingresar el chanque sin valva a las plantas de procesamiento. (Foto: GEC)
Redacción EC

El Ministerio de la Producción () emitió un Decreto Supremo que modifica la norma sanitaria de Moluscos Bivalvos Vivos, aprobada mediante D.S. N° 07-2004-Produce. Con los cambios, los pescadores artesanales del sur del país volverán a extraer los recursos chanque y choro del mar nacional.

"Las modificaciones se dan a fin de permitir una dinamización de la economía local y ejercer un mejor control sanitario, para lo cual estamos usando como referencia lo establecido en el Codex Alimentarius y las normas de la Unión Europea", según refiere el Decreto Supremo 002-2019-Produce.



El Produce informó que los más beneficiados serán los pescadores artesanales de Ilo, Tacna y Arequipa, quienes venían solicitando el sinceramiento del límite máximo de control de cadmio para la especie choro (Aulacomya atra) y la posibilidad de ingresar el recurso chanque (Concholepas concholepas) sin valva a las plantas de procesamiento.

PRINCIPALES MODIFICACIONES
Respecto al recurso choro (Aulacomya atra), el citado decreto modificó el artículo 16 el D.S 07-2004-Produce y estableció como límite de 2 mg/kg para la presencia de Cadmio en esta especie.

"Esto permitirá la comercialización de dicho recurso sin restricciones y con la garantía del cumplimiento de los estándares internacionales establecidos en el Codex Alimentarius, cuyo fin es la protección de la salud pública y el comercio justo", indicó el Produce.

De otro lado, respecto a la especie chanque (Concholepas concholepas) se establece una excepción en la norma que permitirá que los gasterópodos marinos (chanque) ingresen desvalvados a las plantas de procesamiento.

Para esto, el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes) emitirá en un plazo no mayor al 14 de mayo del 2019 una resolución que establezca las disposiciones sanitarias para la extracción, recolección y/o cosecha, incluido el formato de declaración respectivo para gasterópodos desvalvados.

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