SBS interviene la Derese por haber incurrido en insolvencia
SBS interviene la Derese por haber incurrido en insolvencia

La (SBS) dispuso hoy la  intervención de la (DERESE) al haber incurrido en estado de insolvencia, situación que se evidencia en el déficit patrimonial registrado a la fecha, lo cual compromete la atención futura de los beneficios de los asociados cesantes y jubilados del sector educación afiliados a la misma.

El estado de insolvencia se encuentra establecido como causal de intervención en el literal b) del artículo 9° del Reglamento para la Reestructuración, Repotenciación, Disolución y Liquidación de Pensiones de Cesantía, Jubilación y similares, que se encuentran sometidas a la supervisión y control de la SBS, aprobado por la Resolución SBS N° 8504-2010. 

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Según informó la SBS, el estado de insolvencia de la DERESE  también quedó evidenciado  por el hecho de que su administración no cumplió con presentar  - hasta en dos oportunidades – un plan de fortalecimiento patrimonial que brinde una seguridad razonable de que dicha situación podría ser revertida de manera oportuna y sostenible, tal como lo solicitó el ente supervisor mediante los Oficios N° 26731-2015-SBS y N° 33468-2015-SBS.

Este hecho obligó a la SBS a adoptar las acciones necesarias, conforme al marco legal y regulatorio vigente, con el fin de proteger los intereses de los asociados de la DERESE, en la medida que no se contaba con seguridad razonable de que los beneficios ofrecidos a los asociados a cambio de sus aportes dinerarios periódicos, se concretarían en el mediano y largo plazo.

FUERTE DECISIÓN

Asimismo, es necesario señalar que el artículo 8° del Reglamento señala que la SBS está obligada a intervenir a toda entidad supervisada que incurra en las causales previstas en el mismo Reglamento, como ha ocurrido en el caso de la DERESE.

Por ende, a partir de la fecha queda prohibido iniciar contra la DERESE en intervención, procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo; perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra la entidad, constituir gravámenes sobre alguno de sus bienes  en garantía de las obligaciones que le conciernen, hacer pagos, adelantos o compensaciones o asumir obligaciones por cuenta de la DERESE en intervención, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros, con excepción de las compensaciones con empresas del sistema financiero.

Asimismo, la SBS estableció que los bienes de la DERESE en intervención no son susceptibles de medida cautelar alguna, de conformidad con lo señalado en la Vigésimo Sétima Disposición Final y Complementaria de la Ley General.

Por último, la SBS dijo que mantendrá informada a la opinión pública sobre las acciones que se desarrollarán en la DERESE, teniendo presente que los asociados podrán presentar propuestas tendentes, de ser el caso, a lograr la reestructuración y repotenciación de la DERESE, según lo dispuesto en los artículos 13° y 14° del Reglamento aprobado por Resolución SBS N° 8504-2010.

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