El Tratado de Libre Comercio (TLC) entre el Perú y la Unión Europea (UE) permitió la generación de 474.261 puestos de trabajo durante el 2017. Esta cifra superó en 72% a la registrada en el 2012 (276.398), período en el cual aún no entraba en vigencia el acuerdo comercial, informó el Centro de Investigación de Economía y Negocios Globales de la Asociación de Exportadores (ADEX).
El Tratado de Libre Comercio (TLC) entre el Perú y la Unión Europea (UE) permitió la generación de 474.261 puestos de trabajo durante el 2017. Esta cifra superó en 72% a la registrada en el 2012 (276.398), período en el cual aún no entraba en vigencia el acuerdo comercial, informó el Centro de Investigación de Economía y Negocios Globales de la Asociación de Exportadores (ADEX).
Redacción EC

La Sociedad Nacional de Industrias () mostró su preocupación respecto a la iniciativa del Congreso para del Decreto Ley N° 22342 – Ley de Promoción de Exportación No Tradicional.

“Es el régimen laboral de contratación temporal 100% formal con mejores resultados y más exitoso en el Perú, el cual tiene como finalidad promover las exportaciones no tradicionales, y cualquier acción contraria atenta contra el empleo formal”, alertó Ricardo Márquez, presidente de la SNI.

Explicó que la derogación de este régimen especial originaría un costo laboral importante que las empresas no estarán en condiciones de afrontar, porque los pedidos de exportación no tradicional no son de la misma naturaleza que en otros sectores.

Es necesario mencionar que la Comisión de Trabajo está considerando limitar y derogar este régimen que permite que las empresas industriales de exportación no tradicional puedan celebrar contratos de trabajo temporales mientras dura la vigencia de un pedido de exportación.

La exposición de motivos del proyecto, prosiguió Márquez, pretende cuestionar la validez de los contratos de exportación no tradicional. Se afirma que esta modalidad de contratación evita que los trabajadores disfruten de derechos laborales como vacaciones, salarios dominicales, feriados, descansos remunerados, así como el derecho a sindicalizarse o acceder a negociaciones colectivas.

“Esto se encuentra muy alejado de la realidad, pues los trabajadores contratados bajo estas modalidades perciben todos los derechos laborales y beneficios reconocidos por ley”, añadió.

Es nuestra preocupación, indicó la SNI, el impacto negativo en el empleo y en el riesgo para la viabilidad de las empresas, que se generará de prosperar la limitación y/o derogación propuesta.

Además, ocasionará pérdida de competitividad en nuestras empresas, desincentivo a la contratación de personal formal y por ende la proliferación del empleo informal.

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