En caso no lograr comunicación directa con los afectados por un accidente, las empresas de seguros deben utilizar  comunicaciones indirectas, a través de publicaciones en medios de comunicación a nivel nacional y regional.
En caso no lograr comunicación directa con los afectados por un accidente, las empresas de seguros deben utilizar comunicaciones indirectas, a través de publicaciones en medios de comunicación a nivel nacional y regional.
Redacción EC

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP () publicó dos proyectos de circular, en su página web, con disposiciones para exigir que las y las Asociaciones de Fondos Regionales contra Accidentes de Tránsito (Afocat) agoten todos los recursos posibles para informar a beneficiarios del SOAT o por el certificado contra accidentes de tránsito (CAT), respectivamente, sobre su derecho a la indemnización.

¿De qué manera? Según la SBS, se requerirá que las aseguradoras tomen todas las medidas necesarias para informar sobre las indemnizaciones por muerte no reclamadas, originadas en accidentes de tránsito cubiertos por SOAT o el CAT.

Se dispondrá que, en principio, la comunicación inicial sea directa; con lo cual las firmas deben disponer de todos los medios de notificación directa, utilizando sus propios archivos.

Si ello no basta, se debe optar por utilizar el domicilio de Reniec del fallecido o de los beneficiarios, que incluye una notificación debajo de la puerta del domicilio con doble visita.

De no lograr las comunicaciones directas, se debe optar por las comunicaciones indirectas; ello, a través de publicaciones en medios de comunicación a nivel nacional y regional, utilizando el español así como el idioma predominante en la zona del accidente, resaltó la SBS.

También se incorporará la exigencia de informar, a través de las páginas web de las empresas/Afocat, la relación de personas fallecidas en accidentes de tránsito.

De otro lado, se plantea la obligación de la empresa de seguros/Afocat de publicar y actualizar la información sobre las indemnizaciones no reclamadas en su página web.

Dicha información debe ser actualizada al día 15 y al último día de cada mes; y debe ser publicada dentro de los tres (3) días calendario siguientes al día 15 o último día del mes, según corresponda. La información debe encontrarse en un lugar visible y de fácil acceso al público.

Los proyectos de circular estarán disponibles en la página web de la SBS, para comentarios y sugerencias, hasta el próximo 12 de marzo.

Lea más noticias de Economía en...

Contenido sugerido

Contenido GEC