Del total de empleos subsidiados, el 13.4% contempla a contratos a plazo indeterminado para jóvenes (2.7%) y adultos (10.7%). (Foto: GEC)
Del total de empleos subsidiados, el 13.4% contempla a contratos a plazo indeterminado para jóvenes (2.7%) y adultos (10.7%). (Foto: GEC)
/ MARTIN HERRERA
Redacción EC

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo () informó este miércoles que la segunda lista de empresas que calificaron para la asignación del por la creación de empleo formal está conformada por más de 20.000 empresas que fomentaron nuevos puestos de trabajo.

Este segundo tramo cuenta con un presupuesto de S/ 45,8 millones que permitirá subsidiar 115.149 empleos en 20.516 empresas y se suma al primer listado publicado el 12 de abril.

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Del total de empleos subsidiados, el 13,4% contempla a contratos a plazo indeterminado para jóvenes (2,7%) y adultos (10,7%). En cuanto a los contratos a plazo determinado (86,6%) el 28,1% corresponde a jóvenes, mientras que el 58,5% a adultos.

Las empresas beneficiadas pertenecen a los siguientes sectores económicos: comercio (25,5%) que concentran 19.460 empleos, servicios prestados a empresas (15,7%) con 21.733 empleos, manufactura (11,9%) con 11.380 empleos, transportes y comunicaciones (11,9%) con 9.161 empleos, y hoteles y restaurantes (11,3%) con 11.201 empleos, además de otros.

Según el MTPE, el monto del subsidio asignado a cada empresa se calculó en función a un porcentaje de las remuneraciones brutas mensuales de trabajadores dados de alta (nuevas contrataciones, retornos de trabajadores de la suspensión perfecta o de las licencias sin goce de haber) y dados de baja, siempre que sus salarios no superen los S/ 2.400.

Los empleadores incluidos en los dos listados aprobados hasta el momento deben gestionar el desembolso del subsidio siempre que, previamente, acrediten el cumplimiento de las condiciones indispensables en la Ventanilla Integral Virtual del Asegurado (VIVA) del Seguro Social de Salud (EsSalud).

Las condiciones indispensables son: No ser inversionistas en contratos de Asociación Pública Privada y no tener en trámite ante la Autoridad Administrativa de Trabajo una terminación colectiva de contratos. El desembolso se hará a los 7 días hábiles de realizada la solicitud.

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