La recaudación tributaria podría disminuir este año, afirma Sandro Fuentes. (Foto referencial: Andina)
La recaudación tributaria podría disminuir este año, afirma Sandro Fuentes. (Foto referencial: Andina)

A poco tiempo de vencerse los plazos para la presentacin de la declaracin jurada anual de renta 2016, la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (Sunat) detall los conceptos de desbalance patrimonial, evasin y elusin.

As, dej claro qu consecuencias pueden generar en el contribuyente que incurre en ellas.

DESBALANCE PATRIMONIAL Tambin es conocido como inconsistencia patrimonial. Se trata de una estimacin de los programas de fiscalizacin que realizalaSunat y alerta de algunos nmeros que podran no tener sustento.

Si dentro de esta revisin se confirma lainconsistencia, se proce a determinar el impuesto a la renta de la persona natural prosiguindose las acciones en la va administrativa, seala la institucin.

Sin embargo, advierte que en aquellos casos que se obtengan indicios que presuman la existencia de presuncin de delito de defraudacin tributaria, se proceder a elaborar un informe con las carpetas de pruebas respectivas que alcanzar al Ministerio Pblico para que formalice la denuncia penal contra el contribuyente.

EVASIN Para graficar la evasin tributaria, la Sunat cita al abogado Hctor Villegas, que sostiene que esta figura resulta ser toda eliminacin o disminucin de un monto tributario producido dentro del mbito de un pas por parte de quienes estn jurdicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas violatorias de disposiciones legales.

Es decir, la eliminacin ilegal, sea parcial o total, que hace el contribuyentesobre el tributo que tiene que pagar. En esta lnea, la evasin ses una conducta perseguida por el ordenamiento jurdico y es considerada un delito.La ley penal tributaria (decreto legislativo 813)la llama defraudacin tributaria.

La Sunat, por su parte, apunta que para prevenirla e identificarla viene realizando acciones de control y fiscalizacin. De esta forma, de acuerdo al incumplimiento detectado efecta acotaciones tributarias o aplica sanciones como multas, comiso de la mercadera, cierre temporal de local, entre otras acciones administrativas.

Sin embargo, en caso de que se detecte y tipifique alguna de las modalidades de delito tributario, se proceder a efectuar las diligencias para formular la denuncia penal respectiva.

ELUSIN La administracin tributaria afirma que la elusin fiscal, en cambio, hace referencia a las conductas del contribuyente que busca evitar el pago de impuestos utilizando para ello maniobras o estrategias permitidas por la misma ley opor los vacos de esta. En este sentido, la elusin, en principio, no es sancionable.

Estas figuras se pueden presentar en cualquier tributo, seal la Sunat.

SITUACIN NACIONAL De acuerdo alltimo anuario estadstico publicado por el Ministerio Pblico, al cierre del 2015 existan en todo el pas slo tres fiscales dedicados a investigar y acusar por delitos tributarios: un fiscal provincial y dos fiscales adjuntos provinciales.

Para agosto de ese ao, tambin el internacional Geneva Group calcul que la evasin total en el Per ascenda a por lo menos S/25 mil millones. Esta prctica est muy vinculada con la informalidad y, en especial, conla que se asenta en las industrias de la construccin y de la minera, que representan el 80%.

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