(Foto: El Comercio)
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Redacción EC

La aprobó hoy el proyecto de ley 2346 que permitirá a la a realizar devoluciones automáticas del de los trabajadores de cuarta y quinta categoría que hayan realizado pagos o retenciones en exceso o que califiquen como indebidos. 

El proyecto de ley fue aprobado hoy en primera votación y exonerado de segunda votación. Por ello, solo hace falta que sea firmado y promulgado por el Ejecutivo para que rija en la declaración de impuesto a la renta del 2017

"A partir de este año se ha previsto que los contribuyentes de puedan deducir gastos como intereses de créditos hipotecarios de primera vivienda, pagos por arrendamientos, pago por servicios médicos, entre otros; hasta 3 UIT (S/12.150)", recordó el vicepresidente de la Comisión de Economía, Pecry Alcalá.

"Dado que las personas naturales que tendrían derecho a eso serían bastantes numerosas, era necesario aprobar el proyecto para agilizar el trámite y dar facilidades a los contribuyentes", detalló precisando que se espera beneficiar a 180 mil contribuyentes.

Según la norma, el que el trabajador tuviese que llenar la declaración jurada y la solicitud de devolución era innecesarios, pues la Sunat ya cuenta con toda esa informació.

Ahora, será la Sunat la que notifique vía correo electrónico al trabajador del monto a devolver y este mismo será depositado en su cuenta bancaria.

Cabe precisar que, además, los trabajadores con rentas de cuarta y/o quinta categoría ya no estarán obligados a presentar la declaración anual, y que la devolución de impuestos se daría a partir del primer día hábil del mes de febrero, a cuenta del balance del año anterior.

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