La deuda determinada por la Sunat fue impugnada inicialmente por Scotiabank ante el Tribunal Fiscal, pero este órgano ratificó lo dispuesto por la administración tributaria.
La deuda determinada por la Sunat fue impugnada inicialmente por Scotiabank ante el Tribunal Fiscal, pero este órgano ratificó lo dispuesto por la administración tributaria.
Redacción EC

La Corte Suprema declaró infundado el recurso de casación presentado por el que tenía como propósito impugnar los fallos del Poder Judicial y del Tribunal Fiscal que habían resuelto el pago de S/48 millones a favor de la , en su juicio por operaciones no reales de compra y venta de oro del Banco Wiese.

Según la Sunat, entre 1997 y 1998, el entonces Banco Wiese –cuya operación adquirió Scotiabank en el 2005- pretendió aumentar indebidamente su crédito fiscal para pagar menos IGV a través de transacciones ficticias con el metal precioso.

Si bien estas “operaciones no reales” se habrían realizado hace casi 20 años por un valor de alrededor de S/48 millones, la Sunat reclama un total de S/482 millones, pues considera también intereses acumulados durante dos décadas.

Sin embargo, este monto está en disputa en un proceso paralelo en el Tribuna Constitucional, pues Scotiabank cuestionó los plazos considerados por la Sunat para el cómputo y la capitalización de intereses. Estos plazos incluyeron periodos anteriores al momento en que la administración tributaria decidiera considerar irregulares las operaciones en cuestión y también las demoras de la Sunat y del Tribunal Fiscal para resolver el caso excediendo los plazos legales.  

El fallo de la Corte Suprema ratifica la legalidad de la determinación del IGV que la Sunat fijó a Scotiabank por este caso.

ANTECEDENTES
La deuda determinada por la Sunat fue impugnada inicialmente por Scotiabank ante el Tribunal Fiscal, pero este órgano ratificó lo dispuesto por la administración tributaria.

El banco, luego de pagar los S/482 millones entre el 2013 y 2014, impugnó lo resuelto por el citado tribunal mediante un proceso contencioso administrativo ante el Poder Judicial y también presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) con un reclamo sobre la acumulación de intereses.

En el proceso contencioso administrativo los dictámenes de las fiscalías provincial y superior del Ministerio Público, así como las sentencias de primera y segunda instancia del Poder Judicial fueron favorables a la Sunat y al Tribunal Fiscal.

No obstante, en junio de 2016, Scotiabank presentó un recurso de casación ante la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema.

La entidad bancaria argumentó que la acotación de la Sunat debía anularse pues los procesos penales seguidos por estos mismo hechos  no habían logrado establecer responsabilidad en los ex directivos del Banco Wiese involucrados y fueron finalmente archivados.

Además, sostuvo que una norma de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) los liberaba de llevar un sistema de control de existencias (kardex) porque el oro que compraban constituían “divisas”, como los dólares.

La Sunat, por su parte, afirmó que había severas inconsistencias en la documentación presentada por el entonces Banco Wiese para demostrar las compras de oro. También argumentó que el banco debía llevar un sistema de kardex, pues la SBS había aclarado que su regulación no afectaba el cumplimiento de las normas tributarias.

Finalmente, Sunat insistió que existían dos sentencias de la Corte Suprema que condenaban tanto a proveedores como a compradores de oro del ex Banco Wiese por formar parte de la red orientada a proveer de crédito fiscal proveniente de “operaciones no reales” a dicho banco para evadir el pago del IGV.

El recurso fue visto el 4 de julio del 2017 y el pasado lunes 7 se publicó el sentido de la resolución de la Corte Suprema. Por mayoría de cuatro magistrados a favor y uno en contra, declararon infundada la casación presentada por el Scotiabank (expediente 9261-2016).

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