La suspensión entra en vigencia a partir del 28 de noviembre desde las 00:00 horas. (Foto: USI)
La suspensión entra en vigencia a partir del 28 de noviembre desde las 00:00 horas. (Foto: USI)

El , dispuso, mediante Resolución Ministerial N° 533-2018-PRODUCE, que las embarcaciones arrastreras industriales no podrán extraer  durante una semana.

La suspensión de la pesca ocurrió porque el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) detectó una incidencia de 54,8% de ejemplares capturados con un tamaño menor a 28 centímetros (cm).

Según la norma, en caso de pescar merluza menor a 28 cm durante tres días consecutivos o cinco días en el período de una semana, se suspenderá la actividad por siete días.

Efectivamente, la veda rige desde las 00:00 horas de mañana y durante siete días. Produce precisó que la medida opera en el área comprendida entre los 04°40’S - 05°00’S del dominio marítimo peruano.

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