Esto es lo que la norma emitida especifica en cuanto a los trabajadores independientes. (Foto: GEC)
Esto es lo que la norma emitida especifica en cuanto a los trabajadores independientes. (Foto: GEC)
Redacción EC

Este 1 de enero, la Sunat emitió la Resolución Nº 280-2019/SUNAT, mediante la cual eleva los topes de ingresos de los trabajadores independientes (rentas de cuarta categoría) exonerados de pagar Impuesto a la Renta (IR) el 2020. Ello ocurre debido a que el Ejecutivo dispuso el alza de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) de S/ 4.200 en el 2019 a S/ 4.300 para el 2020.

La norma emitida especifica que los trabajadores independientes que ganen en el 2020 hasta S/37.625 durante el año o S/3.135 al mes no pagarán el IR.

Si un trabajador independiente en un mes del 2020 gana más de S/3.135, pero en el año proyecta una ganancia menor a S/37.625, también quedará libre del pago de impuestos, pero deberá solicitar a la Sunat la suspensión de las retenciones por el pago a cuenta del IR.

En el caso de los trabajadores independientes, quienes brindan recibos por honorarios, para calcular el IR a pagar primero se suman todos los ingresos del trabajador durante el año (12 remuneraciones), luego se le aplica una deducción del 20% de ese ingreso bruto y además a este monto se le deduce 7 UIT. Al subir la UIT el 2020, la deducción será mayor.

EN PLANILLA

En el caso de los trabajadores en planilla, hace unos días se informó sobre el impacto de la UIT en el tope de remuneraciones exoneradas.

Los trabajadores independientes tienen un tope mayor de remuneraciones exoneradas de impuesto respecto a los trabajadores en planilla debido a que cuentan con la deducción adicional del 20% de sus ingresos brutos anuales.

El Estado les da este beneficio adicional, asumiendo que reciben menos ingresos anuales respecto a los trabajadores en planilla.

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