El partido de Keiko Fujimori informó que presentó 946 solicitudes de nulidad de actas. Según Miguel Torres, “implica 1.119 mesas, que representan más de 250.000 votos”. (Foto: Leandro Britto / GEC)
El partido de Keiko Fujimori informó que presentó 946 solicitudes de nulidad de actas. Según Miguel Torres, “implica 1.119 mesas, que representan más de 250.000 votos”. (Foto: Leandro Britto / GEC)
René Zubieta Pacco

Interpretaciones normativas y nuevas medidas fueron el centro el jueves de un pronunciamiento realizado por , candidata presidencial de , en su pretensión de que el evalúe y acoja las solicitudes de nulidad de actas de mesas de sufragio que ha presentado su agrupación política.

Fujimori había convocado a una conferencia de prensa en Surco. Sin embargo, no se permitieron preguntas al término del evento. En este se presentó a nuevos integrantes del equipo legal: la excongresista y expresidenta del Partido Popular Cristiano, Lourdes Flores Nano; el constitucionalista Domingo García Belaunde; y Virgilio Hurtado Cruz, quien fue dirigente del partido Contigo (ex Peruanos por el Kambio). Luis Galarreta, candidato a la primera vicepresidencia, y Miguel Torres, vocero y miembro del Parlamento disuelto, también participaron en la cita.

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1. Consideran que plazo extra del JNE sí tuvo vigencia.

El primer punto abordado fue el plazo para presentar las solicitudes de nulidad. Cabe recordar que un reglamento del JNE que data del 2018 estableció que las solicitudes de nulidad de votación de mesas de sufragio se presentan dentro de plazo de tres días contados a partir del día siguiente de la elección; en este caso, el tiempo vencía el miércoles 9. Otra norma del organismo, emitida el 2020 en el marco de la pandemia, determinó que los JEE tienen el horario hábil entre las 8 a.m. y 8 p.m.

Sin embargo, al respecto el viernes 11 tras un pedido desde Fuerza Popular. El pleno acordó por unanimidad modificar el plazo hasta las 8 p.m. de ese día. Pero luego de conocerse la información extraoficialmente —pues el documento no se oficializó— y recibir cuestionamientos durante el día, se reconsideró la medida y esta fue dejada sin efecto por la tarde.

Tanto la resolución que dispuso la medida, como la que la dejó sin efecto, fueron publicadas en el sitio web del JNE el último miércoles 16 en un mismo documento. Aquí viene la interpretación de Fuerza Popular, que considera que con la publicación la resolución inicial estuvo de todos modos vigente. “El tema del plazo lo zanja claramente el propio JNE cuando emite una resolución para derogar algo que estuvo vigente. Una derogatoria nunca es retroactiva. Las derogatorias se ejecutan un día después de haber sido publicadas, o sea recién el día de hoy [jueves]”, expresó Fujimori, quien pidió al JNE no usar “la excusa de tiempo, ustedes mismos ampliaron el plazo”.

Esto fue secundado por Flores Nano y también por Torres. Este sostuvo que el tema ha quedado “zanjado”, lo que calificó como “la mejor noticia”. Y en posteriores declaraciones a la prensa, tras considerar que con ello debe quedar claro que lo presentado hasta el viernes 11 a las 8 p.m. debe ser aceptado, añadió: “Cuando uno dice dejar sin efecto, quiere decir que algo tenia efecto, que algo había entrado en rigor, así sea un segundo, diez segundos. Eso demuestra que hubo una ventana en la cual esa decisión, que habían tomado de manera unánime, en realidad ha permitido que se convalide y finalmente se zanje esta discusión”.

Para Julio Silva, experto en derecho electoral, el argumento del fujimorismo es “forzado”, pues ambos acuerdos tienen la misma fecha y se publicaron conjuntamente en un mismo documento. “Es un solo PDF el que han publicado, no es que hayan separado los acuerdos. Si existieran esos segundos que ellos señalan, se hubiera publicado de manera distinta. Ni si quiera eso ha pasado”, explicó a El Comercio.

Por tanto, explica que el acuerdo inicial del JNE no surtió efecto real, puesto que cualquier norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación y, en ambos casos, se trató de normas publicadas al mismo tiempo: “Ni si quiera se ha publicado un acuerdo en un momento y segundos después el segundo. Para evitar eso, el jurado los publicó de manera conjunta”. “Lo que genera es que no haya surtido efectos, no haya tenido eficacia […] No estuvo vigente. Si se hubiera publicado el 11, 12 o 13 y recién el 16 se publicaba el que dejaba sin efecto, podría haber tenido efecto. Pero al haberse publicado conjuntamente, no tiene efecto el primer acuerdo”, añadió. Con ello coincide el también experto José Tello, quien refirió que “la publicación de ambas en simultáneo es justamente para decir que nunca llegó a tener vigencia. El jurado está estableciendo eso, porque la publicación es exactamente ahí”.

(Captura: JNE)
(Captura: JNE)

El JNE ratificó ayer que “es falso que la ampliación de plazo para la presentación de solicitudes de nulidad haya tenido vigencia legal. Dicho acuerdo nunca se formalizó: nunca fue publicado ni notificado a los partidos políticos”. Esto mediante un mensaje en Twitter que fue cuestionado por Óscar Urviola, expresidente del Tribunal Constitucional que asesora a Fujimori respecto al tema.

En la lectura de Urviola, el Comité Técnico de Fact Checking del JNE, que aparece como fuente de la publicación en Twitter, está tomando atribuciones que solo le corresponden al pleno del ente electoral. “Veremos qué acciones se toman […] He emplazado al presidente del JNE que aclare si este tuit es auténtico y que inicie la investigación, porque aquí hay usurpación de funciones, adelanto de opinión”, aseveró.

(Captura: JNE)
(Captura: JNE)


2. Pedidos a la ONPE y negativas de órgano electoral.

En el marco de los cuestionamientos por presuntas firmas falsas en actas electorales, Flores Nano pidió al jefe de la ONPE, Piero Corvetto, “publicar hoy mismo la totalidad de asistentes, las listas de votantes en cada una de las 80 y tantas mil mesas”. Ello, según dijo, para que Reniec verifique las rúbricas y el JNE tome una determinación.

El mismo requerimiento público hizo Hurtado a fin de que el jurado evalúe el medio probatorio (ficha de Reniec) que han presentado en los recursos de nulidad. “Nosotros no estamos diciendo que ellos sean la instancia que declare falsedad. Ellos no lo son, corresponde al Poder Judicial. Pero lo que sí corresponde al sistema electoral es que verifiquen la autenticidad de las firmas”, indicó.

Respecto al pedido fujimorista para que la ONPE publique el padrón, Silva y Tello advirtieron que se trata de documentación que contiene información personal de los ciudadanos. “Hay que tener cuidado con eso […] La ONPE resuelve ese pedido dentro de los parámetros legales, observando si tiene información sensible que no puede ser entregada abiertamente al público”.

Según la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), “en el padrón se consignan los nombres y apellidos y el código único de identificación de los inscritos, la fotografía y firma digitalizadas de cada uno, los nombres del distrito, la provincia y el departamento y el número de Mesa de Sufragio. Asimismo, debe consignarse la declaración voluntaria de alguna discapacidad de los inscritos, sin perjuicio de su posterior verificación y sujeto a las sanciones previstas en la ley en caso de falsedad”. Asimismo, “el padrón también contendrá los datos de domicilio, así como la información de la impresión dactilar”.

El Comercio pudo conocer que Fuerza Popular, a través de su personera Milagros Takayama, hizo pedidos esta semana para acceder “con carácter urgente” a “la lista de electores por mesa de sufragio en formato Excel, a nivel distrital, provincial, regional y extranjero, suscritas y utilizadas en la segunda elección presidencial 2021”. En el oficio 114-2021-PL-FP del 12 de junio dirigido a Piero Corvetto, jefe de la ONPE, reitera un requerimiento previo y acusa “la falta de transparencia con la que viene actuando su sector, sobre todo con información de carácter público y de contenido electoral que son de su competencia…”.

En otro oficio de la misma fecha (N°116-2021-PL-FP), Takayama pide además, también con urgencia, “la lista de electores por mesa de sufragio en formato PDF o JPG, a nivel distrital, provincial, regional y extranjero, suscritas y utilizadas en la segunda elección presidencial 2021”. Asimismo, el 14 de junio, con el Oficio 117-2021-PL-FP, exigió “la lista de electores que sirvió para llevar adelante las elecciones del último 6 de junio del presente año, en donde consta las firmas de los ciudadanos que asistieron a votar, respecto a todas las mesas de sufragio del país que se detalla a continuación”. Esto en referencia a 59 mesas.

Pedido de Fuerza Popular a la ONPE sobre información de votantes del territorio nacional y del extranjero. (El Comercio)
Pedido de Fuerza Popular a la ONPE sobre información de votantes del territorio nacional y del extranjero. (El Comercio)
Pedido de Fuerza Popular a la ONPE sobre información de votantes de 59 mesas de sufragio. (El Comercio)
Pedido de Fuerza Popular a la ONPE sobre información de votantes de 59 mesas de sufragio. (El Comercio)

El 13 de junio, la Secretaría General de la ONPE respondió el oficio 114 de FP mediantes dos archivos. En tanto, El Comercio pudo acceder a otra respuesta del organismo electoral remitida la noche de jueves sobre el oficio 116 del partido, en el que se explica que la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral rechaza el pedido: “…No se puede proporcionar a la personera legal titular de Fuerza Popular la lista de electores, toda vez que esta contiene información que corresponde al ámbito de la intimidad personal, como lo son las fotografías, firmas, huellas dactilares y grado de instrucción de los ciudadanos que votaron en la SEP 2021”.

Un informe de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral subraya los mismos argumentos para denegar el pedido respecto de las 59 mesas de votación.

Respuesta de la ONPE al oficio 116 de Fuerza Popular. (El Comercio)
Respuesta de la ONPE al oficio 116 de Fuerza Popular. (El Comercio)
Respuesta de la ONPE al oficio 116 de Fuerza Popular. (El Comercio)
Respuesta de la ONPE al oficio 116 de Fuerza Popular. (El Comercio)
Respuesta de la ONPE al oficio 116 de Fuerza Popular. (El Comercio)
Respuesta de la ONPE al oficio 116 de Fuerza Popular. (El Comercio)
Respuesta de la ONPE al oficio 117 de Fuerza Popular sobre información personal de electores de 59 mesas de sufragio. (El Comercio)
Respuesta de la ONPE al oficio 117 de Fuerza Popular sobre información personal de electores de 59 mesas de sufragio. (El Comercio)

En tanto, el jueves y el miércoles, el JNE evaluó en audiencias distintas apelaciones de actas observadas, las cuales declaró infundadas por mayoría. Fue el magistrado Luis Arce Córdova el que tuvo una postura discordante, pues consideró que primero debía solicitarse el listado de electores, como ahora lo hace FP para el caso de los recursos de nulidad de mesas.

Jorge Salas Arenas, presidente del JNE, se expresó en contra de ese pedido el jueves durante una audiencia al considerar que consistiría en abrir una etapa probatoria que podría dificultar que al 28 de julio haya nuevo presidente de la República. “En el sistema de intervención y desarrollo del JNE no existe etapa probatoria y los términos escuetos señalan que deben pronunciarse sobre las actas. Al no existir etapa probatoria, el recabamiento de información adicional dirigida a realizar una actividad probatoria concreta como conteo, cotejo de su contenido, contaría una elongación del tiempo que podría poner en riesgo el cronograma electoral”, señaló.

Sesión de deliberación sobre la apelación de 12 actas observadas


3. Hábeas data y medida cautelar

Fuerza Popular ha adelantado la presentación de un recurso de hábeas data ante la negativa de la ONPE. “Se presenta ante el juzgado de turno, que ve los amparos. Porque el hábeas data se tramita en la misma vía de amparo, con un juez del Poder Judicial en primera instancia. Aceptan la demanda, la califican y ahí tienen dos alternativas: ver si da la medida cautelar, que la puede dar en dos o tres días; y que acepte esa demanda y corra traslado a la ONPE, Reniec y el jurado”, explicó García Belaunde a El Comercio.

En cuanto a la cautelar, dijo esperar que se acoja para que “antes que haya sentencia se ordena que entreguen la información que uno necesita”.

De acuerdo al Código de Procedimientos Constitucionales, el proceso de hábeas data busca, entre otros, “acceder a información que obre en poder de cualquier entidad pública, ya se trate de la que generen, produzcan, procesen o posea…”. Un requisito previo es que, para su procedencia, el demandante debe haber requerido la información y el demandado haya expresado su negativa. Se prescinde de esa condición cuando la exigencia genere el peligro de un “daño irreparable”.

Código de Procedimientos Constitucionales.
Código de Procedimientos Constitucionales.

Óscar Urviola y Julio Castiglioni, parte del equipo legal y quienes anteriormente señalaron que el Poder Judicial no debería intervenir en un proceso liderado por el JNE, respaldaron la medida al considerar que solo es un pedido de información.

Urviola subrayó que “esto simplemente es requerir información sobre documentos que están en poder de la ONPE. Eso en absoluto puede modificar, retrasar o alterar lo que tiene que decidir el JNE”. “Es como una demanda, la dirigimos en contra de la ONPE a fin de que proporcione tal información”, añadió a este Diario y reiteró que el JNE es la última y definitiva instancia en materia electoral y “el hábeas data no apunta hacia eso”. Castiglioni indicó que el hábeas data no entorpece la labor del tribunal electoral.

En opinión de constitucionalista Alejandro Rospigliosi, “cualquier persona natural o jurídica puede recurrir al Poder Judicial, el problema es que esto no tiene vinculación con el tema electoral. Los plazos para que se admita la demanda y posteriormente la medida cautelar va a tomar varios días […] Cuando la ONPE le dé la información, ya habrá pasado el 28 de julio”, opinó el constitucionalista Alejandro Rospigliosi. Recordó, además, que el JNE es una entidad autónoma que, anteriormente, no ha acogido decisiones judiciales en torno a la inscripción de listas de candidatos por haber estado fuera de plazo.

Cabe apuntar, sin embargo, que el Jurado Electoral Especial (JEE) de Huancavelica —como parte del trámite de un recurso de nulidad presentado por Fuerza Popular contra el acta electoral de una mesa de del distrito de Julcamarca, provincia de Angaraes— solicitó a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Angaraes el 13 de junio la lista de electores de 15 mesas de distintos locales de votación. En este caso, es un diálogo entre instancias electorales.

Un día después, mediante un documento de 24 páginas, la ODPE aceptó el requerimiento y remitió la lista de electores conteniendo los datos personales de los ciudadanos (número de DNI, nombres y apellidos, fotos, firmas, grado de instrucción, huellas dactilares) y precisando si emitieron su voto. Esta medida fue señalada por Fuerza Popular para insistir con su pedido para que el pleno del JNE requiera y revise similar información para otros casos de nulidades.

(ONPE)
(ONPE)


4. Presentar el caso a organismos internacionales.

Luis Galarreta, candidato a la vicepresidencia, informó que FP presentará un expediente a la OEA, la Unión Europea y otros entes internacionales como Iniciativa Democrática de España y las Américas (IDEA), en el que participan expresidentes como José María Aznar (España), Felipe Calderón (México), Frenando H. Cardoso (Brasil), Eduardo Frei (Chile), Lucio Gutiérrez (Ecuador), Mauricio Macri (Argentina), Andrés Pastrana (Colombia), entre otros.

“El fraude de Perú Libre está en la mesa, en las actas. Por eso, cuando ellos puedan ver esta documentación van a tener un mejor análisis. La comunidad internacional no sabe que hemos encontrado parientes en una misma mesa, que está prohibido y, por tanto, esa acta debería ser nula; no saben que los de Perú Libre han madrugado en las zonas donde no ha llegado ningún personero y ha suplantado gente”, aseveró Galarreta.

El internacionalista Francisco Belaunde calificó de “prematuro” el accionar fujimorista porque el JNE aún está revisando los recursos, es decir, el caso está en un fuero interno y aún no es resuelto.

“Si quieren pueden presentar los reclamos, pero eso no va a tener ninguna incidencia aquí en el Perú [...] Tiene más un carácter político que otra cosa. No veo qué efecto puede tener y si van a ser efectivamente acogidos esos reclamos”, indicó Belaunde.

Hasta el jueves, Fuerza Popular informó de 946 solicitudes de nulidad registradas, considerando su interpretación de ampliación de plazo de presentación. Según Miguel Torres, ello implica “1.119 mesas de sufragio, que representan 250.000 votos”. El domingo pasado, en “Cuarto Poder”, el también exmiembro del Parlamento disuelto reportó: Al día de hoy [domingo hemos presentado] 940 [solicitudes de nulidad de mesas de sufragio]. A las 23:49 horas del miércoles [9 de junio], 723, lo que implica unos 180.750 votos. Y a las 7:59 [de la noche de ese mismo día], 165, lo que implica 41.250 votos”.

Según los resultados de la ONPE al 100% de actas contabilizadas, Pedro Castillo saca ventaja de 44.058 votos a Keiko Fujimori.

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