Se declaró fundado el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía para que sea la Corte Penal Nacional y no la Corte de Lima la que se encargue del caso. (Foto: El Comercio)
Se declaró fundado el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía para que sea la Corte Penal Nacional y no la Corte de Lima la que se encargue del caso. (Foto: El Comercio)
Redacción EC

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema estableció, mediante una resolución, que será la Corte Penal Nacional el órgano jurisdiccional encargado de tomar el caso de las muertes de los jóvenes y , ocurridas el 14 de noviembre de 2020, durante las protestas contra el régimen de Manuel Merino.

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Según el documento expuesto por el juez supremo titular César San Martín, se declaró fundado el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía para que sea la Corte Penal Nacional y no la Corte de Lima la que se encargue del caso. Esto debido a que el día de los hechos se violaron derechos humanos de varias personas.

Carlos Rivera, abogado de los familiares de ambas víctimas, indicó que la sentencia es justa, pues se debe dejar en claro que se utilizaron armas de fuego de manera desproporcional aquel fatídico día.

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La organización de derechos humanos, Amnistía Internacional (AI), reiteró su pedido al Ministerio Público y al Poder Judicial para que laboren en una sentencia y no quede impune el asesinato de ambos jóvenes.

La tesis fiscal señala que son un total de 11 agentes de la Policía Nacional del Perú (PNP) que habrían cometido los presuntos delitos de homicidio calificado, lesiones graves y lesiones leves durante la mencionada protesta.

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