La comuna de Surquillo precisó que llevará a cabo capacitaciones y campañas informativas relativas a este problema y declarará la Semana del No Acoso Sexual Callejero en noviembre. (Imagen referencial/Archivo)
La comuna de Surquillo precisó que llevará a cabo capacitaciones y campañas informativas relativas a este problema y declarará la Semana del No Acoso Sexual Callejero en noviembre. (Imagen referencial/Archivo)
Yasmin Rosas

De los 43 distritos de Lima Metropolitana, solo 14 cuentan con ordenanzas municipales para combatir el acoso sexual callejero, informó la Defensoría del Pueblo.

Hasta abril pasado, eran 12 las municipalidades que tenían este marco legal. En los últimos días, se les sumaron las comunas de Surquillo y Santa Anita, al aprobar normas para enfrentar este tipo de violencia contra la mujer.

Ate, Barranco, Chaclacayo, Jesús María, Lince, Miraflores, Pueblo Libre, Puente Piedra, Punta Hermosa, San Borja, Santiago de Surco y Villa El Salvador son los otros distritos de la capital que ya cuentan con ordenanzas, según lo que estipula la Ley 30314.

La normativa para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos, promulgada en el 2015, contempla políticas preventivas y sanciones administrativas. En el Perú, el acoso sexual callejero no está considerado un delito en el Código Penal. Tampoco existe un registro actualizado de víctimas. El Ministerio de la Mujer recibió hasta abril pasado solo 69 casos de acoso callejero a mujeres en el país.

Sin normativa
La Municipalidad de Lima aún no ha publicado una ordenanza contra el acoso callejero. En el 2017, su Gerencia de la Mujer reportó diez casos. Las víctimas tenían entre 17 y 29 años.

Hacen un llamado
La defensoría resalta que es importante capacitar al personal municipal e informar a la ciudadanía para atender estos casos.

—Sanciones—
Surquillo multará con 50% de una UIT (S/2.075) a quienes hagan silbidos, sonidos, frases o gestos obscenos. A los establecimientos públicos que no informen de las disposiciones se les multará con el 0,05% de una UIT.

En Santa Anita, las sanciones van desde el 20% de una UIT (S/821). Por tocamientos, frotamientos, masturbación pública o exhibicionismo, se multará con una UIT (S/4.150) Los dueños de establecimientos comerciales que no cumplan con informar de esta medida serán sancionados con el 50% de una UIT.

La Defensoría del Pueblo realiza labores de fiscalización para evitar que los municipios incumplan la normativa.

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