Los militares y policías son los encargados de supervisar el tránsito vehicular durante la cuarentena. (GEC)
Los militares y policías son los encargados de supervisar el tránsito vehicular durante la cuarentena. (GEC)
Redacción EC

Tras el caso de la periodista Milagros Leiva, los ministerios del Interior y de Defensa precisaron los documentos que deberán presentar las personas que sí pueden desplazarse durante el aislamiento y la inmovilización social, medidas decretadas por el Ejecutivo para combatir el avance del coronavirus.

En un comunicado conjunto, el Mininter y el Mindef indicaron que las personas tienen que portar un pase especial de tránsito (tramitado online), fotocheck de la empresa o entidad en la que laboran y el documento nacional de identidad (DNI).

Además, reiteraron que los trabajadores y vehículos de entidades y empresas dedicadas a actividades esenciales, alimentos, medicinas, así como el transporte de combustible, carga y mercancías, el personal de medios de comunicación y distribución de diarios y revistas pueden circular las 24 horas del día.

En esa línea, indicó que los policías y militares que intervengan a dichas personas no les deberán solicitar salvoconducto adicional a los documentos mencionados anteriormente.

“Se ordena a los jefes de las regiones militares y policiales a nivel nacional a reiterar esta disposición a todo el personal y velar por su fiel cumplimiento”, señalaron ambos ministerios.

Este pronunciamiento se emite días después de ocurrido el caso de la periodista Milagros Leiva, quien fue intervenida por las Fuerzas Armadas y la Policía por presuntamente no tener los documentos requeridos para circular durante las horas de vigencia de la inmovilización social obligatoria.

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