La presentó por primera vez una acción de amparo al Juzgado Constitucional 11 para que el Estado peruano reconozca el derecho de una persona a morir con dignidad. El defensor, , presentó el caso de , de 43 años, quien padece de polimiositis, un enfermedad incurable y degenerativa que deteriora progresivamente sus capacidades motoras paralizándole casi todos los músculos del cuerpo.

Estrada fue diagnosticada cuando tenía 12 años. A los 20 ya necesitaba una silla de ruedas para desplazarse. Actualmente puede mover algunos dedos y los músculos de la cara. Por lo que pasa casi todo el día postrada en una cama clínica.

Ha sufrido dos crisis respiratorias con cuadros de neumonía y cada vez se le hace más complicado mantener una conversación. Actualmente necesita ventilación mecánica asistida al menos 20 horas al día.

Hoy, para brindar una videoconferencia, Estrada pidió que le retiren el tubo de la traqueostomía. Hacia el final de la ronda de preguntas, su rostro se comenzó a enrojecer por el esfuerzo enorme que le significaba hablar. De hecho, ella explicó que para poder declarar tuvo que prepararse, físicamente, desde el día anterior.

“Me he preparado. He descansado para poder taparme la tráquea y que salga mi voz, porque quería que ustedes me escuchen. Es un día muy importante para mí en esta cruzada que emprendí a solas, primero, hace cuatro años, y desde hace un año acompañada de muchas personas”, dijo.

Desde noviembre del año pasado la Defensoría del Pueblo lleva su caso y busca que el Estado (a través de Ministerio de Salud y Essalud) establezca los protocolos para brindar una muerte digna a los pacientes que conscientemente la requieran. “Ana no está buscando cualquier muerte sino una muerte en condiciones dignas”, dijo Josefina Miró Quesada, asesora legal de la Defensoría.

Dicho protocolo incluye la formación de juntas médicas que evalúen cada caso.

Actualmente, la eutanasia u ‘homicidio piadoso’ constituye un delito tipificado en el artículo 112 del Código Penal y se sanciona hasta con 3 años de cárcel. Son pocos los países que han reconocido en su legislación el derecho a una muerte digna. Colombia, Canadá, Luxemburgo, Bélgica, Italia, y los Países Bajos son algunos de los países que sí lo hacen.

Decisión consciente

Ruth Kristal, quien ha sido psicóloga de Estrada desde que tenía 20 años, explica que no se trata de una paciente que haya tomado una decisión de manera impulsiva. “Es una mujer lúcida que ha tomado una decisión tras años de reflexión”, dijo.

“La conocí cuando tenía 20 e iba a la universidad. Estudió Psicología y luego hizo un posgrado. Entonces ya había iniciado una lucha por la vida, para que le brindaran el tratamiento y la medicación adecuada para frenar un poco la enfermedad”, cuenta.

La psicóloga señala que Estrada ha luchado durante dos décadas por una vida de calidad. “Su lucha ha sido por la vida. Ella quiere escribir un libro. Tiene proyectos. No es que quiera morir inmediatamente. Pero quiere tener el derecho a decidir sobre su futuro”, agrega.

Sustento legal

“La constitución en el artículo 1 se refiere al derecho a la dignidad. El Estado solo tiene sentido si respeta nuestra dignidad, que tiene que ver con una mirada subjetiva sobre nuestra propia existencia. Es un derecho básico, fundamental”, explicó el defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez.

“Nosotros construimos nuestra historia de vida con nuestras decisiones y no es posible que en el epílogo de nuestra vida, en el último momento, en un contexto como el que se ha descrito, no podamos tener la capacidad de tomar esa decisión, de ser libres de decidir, de tener derecho a morir con dignidad”, insistió.

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