(Foto: GEC/Archivo)
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/ ANDINA
Redacción EC

La informó que desde hoy 1 de julio el dejó de tener competencia para imponer sanciones en el transporte público. Esto, debido a que concluyó el encargo que le fue dado a través del convenio de delegación suscrito el 21 de noviembre del 2019, entre la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y la comuna metropolitana.

En un comunicado, explica que ahora el SAT ya no le compete los procedimientos administrativos sancionadores (PAS), derivados de la aplicación de los reglamentos de transporte público (reglamento de transporte regular de pasajeros, de servicio de taxi, de transporte escolar, de trabajadores y turístico).

“Los pagos de las deudas por las sanciones impuestas, la presentación de trámites, sean solicitudes no contenciosas o recursos, derivados de la aplicación de actas de control o imputación de cargo por incumplimiento de las normas que regulan el transporte público, deberán ser dirigidos y presentados ante la ATU, por cuanto el SAT ya no es competente para su conocimiento y tramitación”, remarca el pronunciamiento.

Asimismo, indica que el SAT tampoco es competente para el conocimiento y tramitación de los procesos contenciosos administrativos, revisiones judiciales y otros, referidos a las infracciones por incumplimiento de las normas que regulan el transporte público. En ese sentido, todas las demandas que se interpongan a partir de la fecha deberán ser dirigidas contra la ATU.

La comuna metropolitana indicó que ante cualquier duda o mayor información se puede comunicar al Aló SAT (01) 315-2400, WhatSAT 999 431 111. También puede escribir al correo institucional o ingresar a la página web .

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