El INPE señaló que la mayoría de presos extranjeros en el Perú es de Venezuela (687), Colombia (593), México (224), Ecuador (129) y Bolivia (123). (Imagen referencial/GEC)
El INPE señaló que la mayoría de presos extranjeros en el Perú es de Venezuela (687), Colombia (593), México (224), Ecuador (129) y Bolivia (123). (Imagen referencial/GEC)
/ ANDRES CUYA
Redacción EC

El jefe del (INPE), César Cárdenas, indicó que el decreto de urgencia que permite a los extranjeros encarcelados en el Perú cumplir las sentencias impuestas en penales de sus países de origen beneficiará a 2.213 presos de distintas nacionalidades.

Indicó que la mayoría de presos extranjeros es de Venezuela (687), Colombia (593), México (224), Ecuador (129) y Bolivia (123). En el caso de Europa se encuentran los de España (55), Italia (27) y Reino Unido (12), entre otros.

Por su parte, la ministra de Justicia y Derechos Humanos, Ana Teresa Revilla, explicó que la norma establece que para la aplicación del beneficio especial de salida del país se exonera a los presos extranjeros del pago de la reparación civil o los días multa en caso el Estado sea el agraviado.

La integrante del gabinete ministerial explicó que cuando los agraviados son el Estado y particulares, solo se exigirá el pago o la garantía de la reparación civil a favor de los particulares. No obstante, precisó que en ningún caso el Estado renuncia al cobro posterior de los montos que fueron retirados como requisitos.

Revilla enfatizó en que el decreto de urgencia se da en el marco de la declaración de emergencia de los penales del país.

La ministra de Justicia aseguró que se formarán dos equipos, a cargo de dos asesores especializados, a fin de que sostengan reuniones semanales para elaborar listas de posibles beneficiados y expedientes que, posteriormente, serían presentados a una sesión del gabinete ministerial para su respectiva aprobación.

La ministra de Justicia y Derechos Humanos se reunió con los cónsules de diversos países de América Latina y Europa para explicarles la norma.

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