En agosto el Ejecutivo aprobó un decreto de urgencia que otorga un subsidio económico indirecto a la Municipalidad de Lima por el servicio de transportes del Metropolitano, ascendente a S/ 13.4 millones. (Foto: GEC)
En agosto el Ejecutivo aprobó un decreto de urgencia que otorga un subsidio económico indirecto a la Municipalidad de Lima por el servicio de transportes del Metropolitano, ascendente a S/ 13.4 millones. (Foto: GEC)
/ C.ZAMALLOA
Redacción EC

La Autoridad para el Transporte Urbano de Lima y Callao () informó que adoptará las medidas necesarias para garantizar que no se reduzca la oferta de movilidad para los usuarios.

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Mediante un , la ATU indicó que las empresas deben cumplir con los lineamientos establecidos por el Poder Ejecutivo para acceder a los subsidios otorgados por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Es así que la ATU está solicitando que remitan la información de los costos directos de operación, incluyendo los del período de emergencia por la pandemia COVID-19”, se lee en el pronunciamiento.

“Lamentamos que, en medio de las reuniones de coordinación entre ATU y los concesionarios del Metropolitano, estos hayan procedido a tomar una decisión que restringe la salida de buses en perjuicio de los usuarios de este servicio público”, agrega.

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Esta tarde, las empresas concesionarias del Metropolitano, afiliadas a la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (AFIN), informaron que desde este sábado 24 de octubre se empezará a reducir la flota debido al incumplimiento de pagos por parte de las autoridades durante los últimos dos meses.

En el mes de agosto el Ejecutivo aprobó un decreto de urgencia que otorga un subsidio económico indirecto a la Municipalidad de Lima por el servicio de transportes del Metropolitano, ascendente a S/ 13.4 millones.

A través del , se busca aprobar medidas en materia económica y financiera orientadas al otorgamiento de un subsidio económico al pasaje del Cosac I (conocido como el Metropolitano).

El subsidio económico indirecto a los pasajeros del Cosac I consiste en el pago del diferencial resultante entre el valor de la tarifa COVID referencial aplicable (cerca de S/7) y el valor actual de la tarifa al usuario (S/2.50).

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