Los ajustes realizados por el SIS también permitirán que los establecimientos de salud usen los recursos transferidos en la reparación de equipos médicos, como tomógrafos, ecógrafos, equipos de rayos x, etc. (El Comercio)
Los ajustes realizados por el SIS también permitirán que los establecimientos de salud usen los recursos transferidos en la reparación de equipos médicos, como tomógrafos, ecógrafos, equipos de rayos x, etc. (El Comercio)
Redacción EC

Como resultado del diálogo con los representantes de los centros médicos, el Seguro Integral de Salud (SIS) modificó su normativa interna con el propósito de disminuir las restricciones en el uso de los fondos transferidos a todos los establecimientos del país.

Esto permitirá, por ejemplo, la contratación de personal médico general y especializado, de enfermería y técnico para la atención de los afiliados al SIS. Con la anterior directiva, estas contrataciones estaban restringidas.

Otro de los cambios implica que los establecimientos de salud podrán utilizar los montos transferidos en la reparación de ambulancias y mantenimiento de equipos, lo cual se encontraba prohibido a pesar de las múltiples demandas del personal médico y de los asegurados, quienes no podían ser trasladados debido a que las unidades se encontraban inoperativas.

Los ajustes realizados por el SIS también permitirán que los establecimientos de salud usen los recursos transferidos en la reparación de equipos médicos, como tomógrafos, ecógrafos, equipos de rayos x etc. Además, pueden adquirir equipos, siempre que su tiempo de vida útil sea no mayor a un año.

El SIS precisó que está dando todas las facilidades para que los médicos puedan atender de la mejor manera a los asegurados. La norma se logró gracias al diálogo con los establecimientos y hospitales, producto de lo cual se emitió la Resolución Jefatural N° 135-2017/SIS, que fue publicada en el diario El Peruano el martes 4 de julio de 2017.

Las modificaciones podrán ser ejecutadas por todos los establecimientos de salud de las regiones y de Lima, y son aplicables para todos los convenios firmados durante el 2017, cualquiera sea su modalidad (capitado o pre-liquidado), e inclusive en el caso de aquellos que firmaron convenio antes de la aprobación de estas modificaciones.

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